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Cantabria regula su "nueva normalidad" a partir de esta medianoche

Cantabria, que a las 00.00 horas levanta el estado de alarma, ha fijado un aforo de un 75 % en bares, restaurantes, establecimientos de hostelería, tiendas, centros comerciales, bibliotecas, centros culturales o monumentos, y prohíbe las fiestas, verbenas y eventos populares hasta el 8 de julio.,El vicepresidente y portavoz del Ejecutivo cántabro, Pablo Zuloaga, lo ha explicado este jueves en la rueda de prensa en la que ha dado cuenta de los acuerdos del Consejo de Gob

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:55

Cantabria, que a las 00.00 horas levanta el estado de alarma, ha fijado un aforo de un 75 % en bares, restaurantes, establecimientos de hostelería, tiendas, centros comerciales, bibliotecas, centros culturales o monumentos, y prohíbe las fiestas, verbenas y eventos populares hasta el 8 de julio.

El vicepresidente y portavoz del Ejecutivo cántabro, Pablo Zuloaga, lo ha explicado este jueves en la rueda de prensa en la que ha dado cuenta de los acuerdos del Consejo de Gobierno, que en buena parte se ha dedicado a abordar la situación y la normativa a partir de que se levante el estado de la alarma en Cantabria, a las 00.00 horas de este viernes.

Las premisas fundamentales son el uso de mascarilla, mantener la distancia de seguridad de metro y medio, y la higiene constante de manos con agua y jabón o hidrogel.

La nueva norma, que se publicará en breve, establece que para bares, restaurantes, establecimientos de hostelería, tiendas, centros comerciales, bibliotecas, centros culturales o monumentos el aforo máximo es de un 75 %, que se reduce a un 50 % en albergues e instalaciones turísticas, y a un tercio en discotecas, pub y locales de ocio nocturno.

Las terrazas mantienen el cien por cien y las actividades de grupos como las visitas museísticas y culturales tendrán un máximo de 25 personas.

Además, se regula la asistencia máxima en bodas, que al aire libre se fija en 150 personas y en espacios cerrados 75, y para velatorios y entierros, que es de un máximo de 50 personas en exterior y 25 en interiores.

Los conciertos y espectáculos pueden celebrarse con hasta 1.000 personas si son al aire libre siempre y cuando se respete el 75 % del aforo previsto y se cumplan unas medidas de seguridad: asistentes sentados y con medidas de control en entrada y salida, además del hidrogel.

DEPORTE, PISCINAS, PLAYAS Y PARQUES

Las actividades deportivas también se regulan, de modo que en los eventos deportivos podrán participar un máximo de 300 personas, y los que cuenten con público podrán tener un máximo de 300 personas en espacios cerrados y de 1.000 si es al aire libre.

En las piscinas deportivas habrá un máximo de 30 personas con la distancia de un metro y medio, y en las lúdicas y comunitarias el aforo máximo será de un 75 %.

La norma también regula las playas y la apertura de los parques infantiles, fijando unos requisitos que deberán cumplir los ayuntamientos y que, en el caso de los parques, pasan por la desinfección de las instalaciones y la distancia social.

El ámbito educativo y de políticas sociales queda pendiente y lo han de regular las consejerías correspondientes con el visto bueno de Salud Pública.

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