Anulan la absolución de la Audiencia de Ourense al novio de Nerea Añel por ser contraria al veredicto del jurado

Europa Press

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense que absolvió de los delitos de homicidio consumado y de homicidio por omisión al novio de Nerea Añel al ser contraria al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado. Por ello, ordena retrotraer las actuaciones al momento anterior a dictarse la resolución para que se dicte otro fallo de acuerdo a la voluntad del jurado popular.

En el juicio celebrado en la Audiencia Provincial ourensana a finales del pasado mes de febrero, el jurado popular, formado por nueve ciudadanos, declaró al acusado, pareja de la víctima, culpable de un delito de homicidio por omisión.

Los jurados consideraron probado que él estaba con Nerea la noche que ella desapareció y, en concreto, que estaba con ella en el momento en el que sufrió una caída y no le prestó auxilio. Sin embargo, la Audiencia Provincial contradijo el veredicto del jurado popular, de manera que absolvió al acusado porque "no se puede determinar si la prestación de asistencia médica hubiese evitado la muerte", por lo que no veían probado el delito de homicidio por omisión. Fiscalía y acusación particular, que ejerce la madre de la víctima, pidieron al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que se revocase el fallo.

Tras esa vista, ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha declarado nula, por alcanzar "una conclusión diferente a la emitida por los jurados, que habían atendido la tesis acusatoria", la sentencia en la que la Audiencia Provincial de Ourense absolvió al acusado.

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