Susanna Capdevila, abogada, advierte sobre las consecuencias de morir sin testamento: "Si hay buena relación entre los hermanos se hace una declaración de herederos"
El proceso legal para la herencia se complica y puede generar serios conflictos familiares si no has dejado escritas tus últimas voluntades
Susanna Capdevila, abogada
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La muerte de un familiar es un momento delicado, pero la situación puede complicarse mucho más si el fallecido no ha dejado testamento. La abogada Susanna Capdevila advierte sobre las consecuencias de no planificar la herencia, una situación que, según sus propias palabras, puede convertirse en un auténtico “pollo”. Aunque la ley prevé soluciones, el camino es más complejo, costoso y una fuente potencial de conflictos entre los herederos.
¿Qué es la declaración de herederos?
Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, la ley obliga a iniciar un procedimiento llamado declaración de herederos 'ab intestato'. Se trata de un trámite legal que se realiza ante notario para determinar quiénes son las personas con derecho a heredar según el orden que establece el Código Civil.
Papel donde se redacta el testamento, junto con unas gafas y una pluma
Aunque es un supuesto “previsto por la ley”, Capdevila recalca que la ausencia de un testamento lo enreda todo. Este procedimiento no solo alarga los plazos para acceder a la herencia, sino que también incrementa los costes en comparación con una sucesión testamentaria normal. La letrada insiste en que todo es más sencillo cuando existe una buena relación familiar, pero la falta de un documento claro puede dinamitar hasta los vínculos más sólidos.
Es mucho más problemático y conflictivo si no hay testamento"
Abogada
El orden de sucesión que marca la ley
La ley establece una jerarquía clara para determinar quiénes heredan cuando no hay testamento. En primer lugar, heredan los descendientes directos del fallecido (hijos y, en su defecto, nietos). Si no existen descendientes, la herencia pasa a los ascendientes (padres y, en su ausencia, abuelos).
A falta de los anteriores, el cónyuge viudo es quien hereda, siempre que no estuviera separado legalmente o de hecho. En el siguiente escalón se encuentran los parientes colaterales, principalmente los hermanos del difunto. Si tampoco los hubiera, la herencia correspondería a otros parientes de grado más lejano y, en última instancia, al Estado.
Planificar para evitar problemas futuros
Hacer testamento es un trámite sencillo, rápido y económico que puede ahorrar muchos quebraderos de cabeza a nuestros seres queridos. Permite dejar clara la voluntad sobre el destino de los bienes, nombrar a los herederos y legatarios, e incluso establecer condiciones específicas, evitando así posibles disputas.
Por todo ello, la recomendación de los expertos es unánime. La propia Capdevila lo resume en un consejo directo y claro para todos: “os recomiendo que hagáis testamento”. Esta simple acción de previsión se convierte en el mejor mecanismo para proteger el patrimonio y, sobre todo, para garantizar la paz familiar cuando ya no estemos.
Dos ancianos firmando su testamento
Recomiendo que hagáis testamento"
Abogada
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