Hacienda avisa sobre Bizum: ingresar más de esta cantidad y no declararlo en tu Renta 2025 puede costarte más de 600 euros
La Agencia Tributaria ha reforzado su vigilancia sobre los movimientos que se hacen a través de bizum. En algunos casos habría que declararlos y de no ser así podrías enfrentarte a consecuencias
Una persona haciendo bizum a otra
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"Paga tú y te hacemos bizum" o "te hago bizum y estamos en paz" son frases que escuchamos y utilizamos a diario. Lo que hace pocos años parecía una novedad tecnológica, hoy es parte de nuestra vida diaria.
Bizum nació como una solución sencilla para enviar dinero entre amigos y familiares, sin necesidad de sacarlo en efectivo, ni pedir el número de cuenta para hacer una transferencia. Para efectuar un bizum solo hace falta contar con el número de teléfono del destinatario.
El dinero llega en segundos, sin comisiones y de forma segura. Su uso se ha disparado en situaciones cotidianas como pagar un regalo conjunto, devolver el dinero a alguien o compartir la cuenta en un restaurante.
Bizum en el punto de mira de la agencia tributaria
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Cuando bizum empezó solo se podían transferir cantidades pequeñas, sin embargo, actualmente se pueden enviar hasta 500 euros a través de la plataforma. En el caso de algunos bancos, esta cantidad es superior llegando, incluso, a permitir transferencias inmediatas de hasta 1.000 euros.
Hace un tiempo, la Agencia Tributaria se dio cuenta del incremento en el volumen de transacciones y anunció medidas para vigilar más de cerca el uso de la herramienta. Esto se debe a que, en ocasiones, la gente lo utiliza para actividades económicas encubiertas.
Con el objetivo de reforzar la vigilancia, Hacienda ha optado por cambiar la normativa e imponer nuevas medidas a los bancos. De esta forma podrán controlar las posibles transacciones ilegales o sin declarar.
Nueva normativa respecto a bizum
Hasta el momento, los bancos solo tenían que informar de forma obligatoria a la Agencia Tributaria cuando un usuario superaba los 3.000 euros anuales en cobros. Sin embargo, con la nueva normativa deberán informar de todos los pagos con finalidades comerciales.
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A partir de ahora, los bancos tienen que enviar un informe mensual con todos los pagos comerciales efectuados a través de bizum y las operaciones serán revisadas si tienen finalidades comerciales independientemente de su importe.
Quienes se van a ver afectados serán los autónomos y las empresas. Los cobros por servicios profesionales o venta de productos se tienen que declarar. Estas nuevas medidas se enfocan a la venta de productos, servicios realizados por autónomos y a los ingresos obtenidos al margen del control fiscal.
En el caso de los particulares podrán seguir utilizando bizum para compras o servicios, así como para transferir dinero a otras personas, siempre que no se superen los 10.000 euros anuales.
Un móvil con la aplicación de Bizum
sanciones económicas por no declarar
Hacienda obliga a declarar los ingresos recibidos vía bizum cuando el total acumulado de las transacciones supere los 10.000 euros, si se recibe un ingreso o se efectúa un pago proveniente de una actividad que genera beneficios, como el pago o cobro del alquiler o si eres autónomo y lo utilizas para recibir pagos por ventas o servicios.
No declararlo en cualquiera de estos tres casos podría suponer una sanción económica por parte de la Administración Tributaria. Las multas podrían oscilar desde los 600 euros hasta el 50% de la cantidad transferida mediante Bizum.
En el caso de no poder justificar el origen de los fondos, las multas serán mayores, entre 60.000 euros y 150.000 euros. Las multas dependerán de la gravedad y el tipo de falta cometida.