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Contratación discontinua: La trampa detrás del aumento de contratos fijos

Abril ha duplicado el número de contratos fijos discontinuos que es donde se están refugiando buena parte de los antiguos contratos por obra y servicios.

Contratación discontinua: La trampa detrás del aumento de contratos fijos

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:53

España acogía este miércoles con cierta euforia los datos de paro de abril que bajaba en 86.260 personas. No obstante seguimos con 3.022.503 de parados, que aunque es mucho, es la cifra más baja en este mes desde 2008, cuando empezó la crisis financiera.

Lo datos dejaban además un récord en contratación indefinida, con 698.646 acuerdos fijos, uno de cada dos firmados.

Estos datos reflejan que se reduce la temporadlidad pero si se lee entre líneas esto sucede precisamente a costa de duplicar en abril el número de fijos discontinuos - 238.760 fijos discontinuos- que es donde se están refugiando buena parte de los antiguos contratos por obra y servicios. En otras palabras, "temporalidad sigue habiendo, aunque se llame de otra forma”, según ha advertido Segio Barbosa en Herrera en COPE.

Este tipo de contrato, que estaba llamado a sustituir a las modalidades temporales previas a la reforma laboral, se ha prácticamente cuadruplicado en el primer trimestre del año. Según apunta el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), hasta marzo se firmaron 180.016 contratos en la modalidad de fijos discontinuos, frente a los 40.474 del primer trimestre de 2021, lo que supone un alza del 344 %.

Se trata de contrato por el que el que una persona puede trabajar durante el tiempo que dure la actividad para la que se ha contratado. Es decir, el trabajo cesa cuando ese puesto deja de ser necesario por razones de temporada, si bien se puede reincorporar a la temporada siguiente. Este tipo de contrarios fijos discontinuos, regulados en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, se utilizan para monitores de esquí, o en el caso de las recolecciones de cosechas.

En estos contratos, la empresa está obligada a llamar al empleado cuando se inicia su actividad, que puede ser a jornada completa o parcial.

Además el contrato fijo discontinuo deberá especificar la duración de la actividad, la jornada laboral y el horario que tendrá el empleado.

Una vez finalizado el periodo de actividad, el trabajador firma un finiquito, y se le considera desempleado con lo que dejará de cobrar de la empresa, pero tendrá derecho a una prestación por desempleo, si cumple los requisitos, aunque no cotizará a la Seguridad Social.

TRANSICIÓN

La ley daba a las empresas el primer trimestre del año de "transición" para adaptarse, aunque el cambio de tendencia, con más contratos indefinidos y menos temporales, se ha ido notando y acentuando desde enero.

La clave, apuntaban desde CCOO "será confirmar en los próximos meses si este mayor aumento de la contratación indefinida se traduce igualmente en una mejora de la duración media de los contratos firmados y no se produzca un aumento de la rotación de la contratación indefinida"

Desde las patronales CEOE y Cepyme también han señalado al buen comportamiento de la contratación indefinida, aunque piden prudencia ante los retos que afronta el mercado laboral.

"Aunque todavía es pronto para analizar los efectos de la reforma laboral, las empresas durante estos meses se deben familiarizar con la nueva normativa de contratación temporal y adaptar sus modalidades de contratación", indicaba Cepyme en el comunicado para valorar los datos de marzo.









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