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el tsjcv ordena el cierre

El Ayuntamiento de Valencia confía en que se acepte el recurso del Consell contra el cierre de la depuradora de Pinedo

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha ordenado el cierre de parte de la estación depuradora de aguas residuales de Pinedo, debido a que carece de licencia ambiental. El fallo ordena finalmente a las Administraciones demandadas el cierre de la fase III de esta estación depuradora, epicentro del llamado caso Emarsa en el que se investiga un "agujero" económico de al menos veintitrés millones de euros a través de la extinta empresa pública. Desde el Ayuntamiento de Valencia, aseguran que respetan las decisiones de la justicia, pero que en este caso en particular, esta instalación es muy necesaria, y por eso entienden que la Generalitat haya decidido recurrir.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17 mar 2017

El concejal delegado del Ciclo Integral del Agua, Vicent Sarrià, ha manifestado hoy el respaldo del Ayuntamiento al recurso de casación que la Generalitat Valenciana va a interponer contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que ordena el cierre de la depuradora de Pinedo, al estimar el recurso que en su día interpusieron los vecinos de la localidad. “Lógicamente, el Ayuntamiento acata todas las sentencias y da cumplimiento a las mismas cuando sean firmes, pero en este caso entendemos la posición de la Generalitat, que va a presentar un recurso que está plenamente justificado”. Así se ha manifestado el concejal ante los periodistas, a poco de conocerse la nota de la Sección primera de la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJCV, que ordena el cierre de la tercera fase de la depuradora de la pedanía de Pinedo “por carecer de licencia ambiental, de conformidad con lo establecido en la ley”. La sentencia estima parcialmente un recurso que en su momento pusieron los vecinos a la ampliación de la depuradora de Pinedo, concretamente Pinedo III, en la que se cuestionaba la construcción de la infraestructura en función de las molestias, olores y afecciones para el vecindario. Tal como ha recordado Vicent Sarrià, “en aquel momento, tanto el Ayuntamiento como la Generalitat y la EMSHI (Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos) desestimaron las alegaciones de los vecinos, quienes presentaron un recurso que ahora el juez estima parcialmente”. La sentencia afecta a la parte más nueva de todas las fases de Pinedo, Pinedo III, “que, hay que decir”, ha subrayado el concejal, “que es la más moderna y la que menos afecciones genera”. El tribunal entiende que en las otras dos fases los elementos denunciados ya han prescrito. La titularidad de la instalación corresponde a la Generalitat Valenciana (no al Ayuntamiento ni a la EMSHI). La sentencia insta al Ayuntamiento a que en el plazo de dos meses proceda al cierre de Pinedo III “por carecer de licencia de actividad”. Según Sarrià, la Generalitat va a presentar un recurso de casación, basado en que, en cumplimiento de la Ley de aguas, y al tratarse de una instalación de saneamiento supramunicipal, no es de aplicación la obligación de disponer de una licencia de actividad calificada. CONSECUENCIAS INASUMIBLES El concejal del Ciclo Integral del Agua ha recordado que “estamos hablando de una instalación de saneamiento que no afecta sólo al municipio de Valencia, sino a toda el área metropolitana, especialmente a su parte sur: hablamos de más de un millón de habitantes”. Por eso, ha asegurado que el cierre de Pinedo “tendría unas consecuencias medioambientales inasumibles, puesto que obligaría a verter sin depurar todas las aguas residuales de Valencia y l’Horta Sud directamente al mar”. “En todo caso”, ha concluido el edil, “confiamos en que el recurso va a ser aceptado y respaldamos a la Generalitat en las iniciativas que tome al respecto”.

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