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PP y Vox registran una PL para modificar la Ley del Ruido tras la inadmisión para enmendarla con el proyecto de Medidas

Europa Press

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 14:41

Los grupos parlamentarios Popular y Vox han registrado este lunes, 29 de abril, una Proposición de Ley (PL) para modificar la Ley del Ruido de Castilla y León, tras la inadmisión de la Mesa de las Cortes para cambiarla vía enmienda al proyecto de Ley de Medidas que mañana pasará el último trámite parlamentario.

Según han explicado los grupos que sustentan a los socios de gobierno en Castilla y León, tras quince años en vigor la Ley del Ruido requiere varias modificaciones para adaptarse a la realidad social y al marco normativo en vigor a nivel europeo y estatal, así como a la evolución de la tecnología en los últimos años.

A esto añaden la necesidad de dar seguridad jurídica a las administraciones y a los operadores directamente afectados por su aplicación.

PP y Vox han recordado que la norma vigente trata por igual a todos los municipios con independencia de su población por lo que ven conveniente modificar el artículo 21 para eliminar la obligación de revisar cada cinco años los mapas de ruido en los municipios con menos de 20.000 habitantes y dejarlo a criterio municipal "si se hubieran producido cambios significativos en la estructura urbana y las potenciales fuentes de ruido".

Y en los artículos 28 y 29 proponen modificar el régimen previsto para las viviendas unifamiliares en los municipios con menos de 10.000 habitantes para dejar al criterio técnico la valoración de la existencia de impactos acústicos en el emplazamiento de la vivienda sobre la base de un informe acústico elaborado por el proyectista, lo que simplifica la obtención de la licencia urbanística y reduce su coste, aseveran los proponentes.

En el caso de los artículos 31, 34 y 40, sobre realización de obras en vías públicas y cumplimiento de niveles acústicos de la maquinaria utilizada en estas, buscan adaptarlos a las condiciones reales y a las posibilidades de mantenimiento de los equipos.

PP y Vox han explicado por otro lado que la modificación de los artículos 49 y 53 tiene su origen en la pandemia COVID tras la que han proliferado los ámbitos de ocio exteriores a los locales y se han iniciado por parte de los ayuntamientos la declaración de Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), con una "abundante casuística".

"A la luz de la experiencia, con esta modificación se pretende mejorar la seguridad jurídica de esas declaraciones, tanto para los vecinos residentes en las zonas afectadas como para los titulares de las actividades generadoras de ruido", han detallado los grupos proponentes.

Finalmente se introducen otros ajustes para adaptar la ley a la nueva normativa básica y a las interpretaciones jurisprudenciales contenidas en sucesivos pronunciamientos y para subsanar diversos errores materiales.

Finalmente se añade una disposición adicional duodécima sobre referencias a las normas UNE, EN o ISO, se deroga la disposición final segunda que permitía la modificación de anexos por decreto, y se modifican la mayor parte de los anexos, como el anexo II para adaptar los valores límite de los niveles sonoros ambientales de las áreas especialmente ruidosas a la normativa básica.

En el caso del anexo III es para mejorar la definición de los tipos de actividades; en el anexo IV para corregir la fórmula del valor de la aceleración de referencia; en el anexo V para corregir diversos extremos técnicos y el anexo VII para incluir el centímetro como unidad de medida de las pantallas de televisión y ordenador, manteniendo el uso de la "pulgada", utilizada normalmente por fabricantes y comercios.

En la parte final de la ley, la disposición adicional establece un plazo para la adaptación de las zonas acústicamente saturadas a las nuevas condiciones mientras que la disposición derogatoria se limita a la cláusula de derogación residual. Y la disposición final primera prevé la inmediata entrada en vigor de la ley, de forma coherente con la urgencia de su contenido, y la segunda habilita a la Junta de Castilla y León para su desarrollo y aplicación.

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