El Congreso suspende a José Luis Ábalos mientras se encuentra en prisión: el letrado Fernández Fontecha explica las consecuencias

La Mesa del Congreso aplica el artículo 21 y deja al diputado sin sus derechos económicos y funcionales, aunque conserva sus prerrogativas como aforado

Redacción TRECE

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La Mesa del Congreso ha decidido por unanimidad suspender como diputado a José Luis Ábalos, quien se encuentra en prisión preventiva en Soto del Real. La decisión se produce después de que el propio Ábalos hubiera solicitado de nuevo poder votar telemáticamente desde la cárcel. El letrado de las Cortes, Manuel Fernández Fontecha, ha analizado las consecuencias de esta medida en el programa 'El Cascabel' de TRECE, explicando que la Mesa se ha limitado a aplicar el artículo 21 del reglamento.

Sin sueldo ni voto, pero con escaño

La consecuencia inmediata de la suspensión es la pérdida de efectos económicos y funcionales. Esto significa que Ábalos deja de percibir su sueldo de diputado, así como su derecho a la participación en la Seguridad Social, y pierde sus derechos funcionales más importantes: asistir a las sesiones, intervenir y, crucialmente, el derecho a votar. Sin embargo, no pierde la condición de diputado y, como ha explicado Fernández Fontecha, "no es que se pierda un escaño en la cámara, es que en cierto modo hay un escaño que queda como congelado".

La clave de la decisión reside en la diferencia entre suspender derechos y perder prerrogativas. El letrado ha aclarado que, al aplicarse el artículo 21, Ábalos no pierde la inviolabilidad e inmunidad parlamentaria. "Pierde los derechos, pero no pierde las prerrogativas", ha subrayado Fontecha. Esta distinción es fundamental, ya que si perdiera la inmunidad, "acabaría incluso con la competencia del Tribunal Supremo" sobre su causa.

EFE

Vista del furgón policial que ha trasladado a José Luis Ábalos y Koldo García para ingresar este jueves en la cárcel de Soto del Real

El voto telemático, una vía "imposible"

La suspensión deja sin recorrido el intento de Ábalos de votar telemáticamente desde la prisión. Fernández Fontecha ha calificado esta posibilidad como "prácticamente imposible de conciliar con la situación de prisión". El experto ha señalado la falta de un procedimiento que garantice la validez y eficacia del voto en esas circunstancias, ya que los diputados suelen usar su teléfono móvil del Congreso para validar el proceso, un dispositivo al que Ábalos no tiene acceso.

Las vías de recurso que le quedan a Ábalos

A pesar de la contundencia de la medida, José Luis Ábalos aún dispone de vías para recurrir. El diputado suspendido puede iniciar acciones legales si considera que "no es procedente lo que ha resuelto el Tribunal Supremo" o si cree "que la mesa no ha aplicado bien el artículo 21". Mientras tanto, la situación en la Cámara Baja es particular: aunque el número de escaños sigue siendo 350, en la práctica habrá 349 derechos de voto efectivos.

El acuerdo de la Mesa del Congreso es "simplemente declarativo", según el letrado, ya que se limita a constatar que se daban las tres circunstancias para la suspensión: suplicatorio, prisión y auto de procesamiento firme. Finalmente, Fernández Fontecha ha aclarado que Ábalos no tiene derecho a ninguna indemnización, puesto que "no ha perdido la condición de diputado", sino que sus derechos han sido suspendidos.

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