El Supremo acorrala a García Ortiz: un borrado “concienzudo” del móvil y la nota de prensa, claves de su condena

El juez Joaquín Bosch analiza la sentencia de 180 páginas que detalla cómo el fiscal general quebrantó “sin justificación” su deber de reserva en el caso de la pareja de Isabel Díaz Ayuso

Redacción La Tarde

Publicado el - Actualizado

4 min lectura

El Tribunal Supremo ha hecho pública la sentencia íntegra que detalla los motivos de la condena a Álvaro García Ortiz, el primer fiscal general del Estado en ser juzgado y sentenciado en la historia de España. El fallo, que le impone dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de secretos en el caso de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, se fundamenta en una cadena de indicios que el tribunal considera un “cuadro probatorio, sólido, coherente y concluyente”. La resolución, sin embargo, no ha sido unánime y ha contado con el voto particular de dos de los siete magistrados.

Una “unidad de acción” delictiva

La clave de la condena, según los cinco magistrados del voto mayoritario, es la conexión entre dos hechos: la filtración a la prensa de un correo electrónico confidencial y la posterior publicación de una nota de prensa por parte de la Fiscalía. El tribunal considera que ambos actos constituyen una “unidad de acción” inseparable. El correo revelaba que Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, buscaba un pacto de conformidad por un presunto fraude fiscal.

La nota consolida la filtración iniciada por el correo, en realidad la oficializa"

Según el Supremo, la filtración inicial a la Cadena SER y la nota de prensa emitida el 14 de marzo forman un todo. “La nota consolida la filtración iniciada por el correo, en realidad la oficializa”, afirma la sentencia para argumentar que la nota fue el vehículo para dar carácter oficial a una información reservada. Durante el juicio, el propio García Ortiz admitió haber dictado la nota a su directora de comunicación.

La defensa de García Ortiz, quien durante la vista oral negó la filtración al preguntar si había hecho “llegar a personas ajenas de la fiscalía el célebre correo”, se basó en que la nota de prensa buscaba desmentir una información falsa. Sin embargo, el tribunal es tajante al respecto: “el fiscal general no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”. En este sentido, el magistrado Joaquín Bosch, en el programa ‘La Tarde’ de COPE, explicó que desde la lógica de la sentencia, si se considera probado que el fiscal filtró, “es comprensible que aprovecharan para posteriormente publicar esa nota de prensa”.

El borrado “concienzudo” del móvil

Uno de los indicios más contundentes para el tribunal ha sido el borrado de datos del teléfono móvil de García Ortiz. La sentencia destaca como una “coincidencia muy llamativa” que el fiscal general realizara un “borrado concienzudo, doble borrado” de su terminal el 16 de octubre, justo un día después de que el Supremo abriera una causa penal contra él. Para la sala, esos registros “podrían haber aclarado el recorrido del correo” y las comunicaciones relacionadas con su publicación.

La justificación de la defensa, que aludió a una instrucción interna sobre protección de datos y a un cambio de terminal, no ha convencido a los jueces. El Supremo concluye que “no existe un deber y tampoco un derecho a la destrucción regular de la información” almacenada en un dispositivo oficial. Además, señala que la destrucción no fue un “acto aislado”, sino “cronológicamente coincidente” con borrados en los móviles de otros cargos públicos, citando a la exasesora de Moncloa, Pilar Sánchez Acera.

Discrepancias y el recurso al Constitucional

A pesar de la dureza de los argumentos, la sentencia cuenta con el voto particular de dos magistradas que consideran que la condena se basa en una “prueba indiciaria” débil. Como señaló el juez Joaquín Bosch, “los siete jueces reconocen que no hay prueba directa”, y el debate se centra en si los indicios son suficientes. Para Bosch, el punto más discutible es precisamente la interpretación del borrado del móvil, que será “el gran caballo de batalla” en el más que previsible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La verdad no se filtra, la verdad se defiende"

El propio García Ortiz defendió su actuación con la frase: “La verdad no se filtra, la verdad se defiende”. Ahora, su defensa podría alegar una vulneración de derechos fundamentales en la incautación de los datos de su teléfono, un procedimiento que, según Bosch, el Constitucional reserva para delitos graves como narcotráfico o terrorismo, no para uno que, como este, no acarrea pena de prisión.

Mientras tanto, el Gobierno ha evitado pronunciarse oficialmente a la espera de “estudiar en profundidad la sentencia”. No obstante, el ministro Óscar López ya ha adelantado la línea de defensa, afirmando que “hay guiones de Hollywood con menos creatividad que esta sentencia” y que esta no prueba la autoría de la filtración. Por su parte, la portavoz del PP, Esther Muñoz, ha sido contundente: “Ya se puede hablar de García Ortiz como un delincuente”. El Gobierno ya ha propuesto a Teresa Peramato como nueva fiscal general del Estado, quien tomará posesión de su cargo este jueves.

Este contenido ha sido creado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.