"Buscar provocar problemas donde no los hay es jugar con fuego y eso no deberíamos hacerlo"

Rubén Corral analiza en 'La Linterna' la polémica decisión del Ayuntamiento de Jumilla, que priva a los colectivos musulmanes las celebraciones de cultos religiosos en instalaciones deportivas. Corral centra el foco en la convivencia, el respeto a la diversidad y la importancia de garantizar el derecho fundamental al culto religioso en España.

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Pues la convivencia es un bien que hay que cultivar. Vivir respetando y siendo respetado por los demás. Esto implica construir unas relaciones sociales basadas en el respeto a la diversidad. Desgraciadamente, cada vez es más habitual que esa convivencia se tense. Y si se tensa, se lleva al límite y puede acabar degenerando en situaciones como la vivida un mes atrás en Torre Pacheco. A veces, hay quien, por intereses electorales, piensa que se pueden utilizar algunas situaciones sin darse cuenta de que se puede abrir la caja de Pandora y montar un incendio. A veces esa convivencia es tan débil que, si se prende una pequeña mecha, todo arde.

Todo esto que te cuento viene por lo que ha ocurrido en las últimas horas con una decisión del Ayuntamiento de Jumilla en Murcia. La realidad es que el consistorio, donde gobiernan PP y Vox, han sacado adelante una moción en la que veta el uso de instalaciones deportivas para la actividad religiosa. Esta cuestión conviene explicarla bien, porque hay matices y hay algunas consideraciones a tener en cuenta.

Vamos por partes. En primer lugar, lo general: debe quedar muy claro que el derecho al culto religioso en España está garantizado por la Constitución y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa. La Constitución establece la libertad ideológica, religiosa y de culto y la Ley Orgánica desarrolla este derecho asegurando que las creencias religiosas no sean motivo de discriminación. Ese derecho al culto religioso solo queda limitado por el orden público y la ley. Esos son los límites. La Constitución, en su artículo 16.1, dice que se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación en sus manifestaciones que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

En este sentido, hay que dejar algo muy claro, hablando del derecho al culto religioso. Tenemos que tener en cuenta algo que nos habrás escuchado muchas veces. En muchas ocasiones hemos condenado las agresiones y prohibiciones que sufren y padecen los católicos en otros países. No son situaciones comparables, pero si condenamos que un católico no pueda dar testimonio público de su fe en Islamabad, no podemos estar de acuerdo con el hecho de que no se respete el derecho al culto de otras religiones aquí en nuestro país.

Segunda cuestión, y nos vamos centrando en lo particular. El pasado 28 de julio en el Ayuntamiento de Jumilla se aprobó una moción en la que se limitaba el uso de los espacios deportivos. Se aprobó el 28 de julio, pero la noticia trascendía hace unas horas. Y lo que trasciende es que Jumilla se convertía en la primera localidad en prohibir actos religiosos, culturales o sociales ajenos a la identidad de España, entre ellos las celebraciones islámicas en lugares públicos como el fin del Ramadán. Según la información que circuló en ese momento, la moción, apoyada por PP y Vox, no prohibía la celebración de esas festividades, sino que impedía llevarlas a cabo en dependencias de titularidad pública. Con esta noticia, el Gobierno rápidamente lo que dice es que esa reforma del reglamento municipal es discriminatoria y racista, y de hecho, la ministra Elma Saiz asegura que van a vigilar cualquier posible discurso de odio.

Tercera cuestión. Pilar Cisneros ha entrevistado hoy en 'Mediodía COPE' a la alcaldesa de Jumilla. Seve González, del PP, ofrece otra versión y explica lo que se ha aprobado:

"Punto segundo, que es el que ha disparado toda esta polémica de manera intencionada, cita lo siguiente, que es instar al equipo de gobierno a iniciar los trámites oportunos a fin de que ese uso, de estas instalaciones deportivas, sean exclusivamente para el ámbito deportivo o actos organizados por el Ayuntamiento de Jumilla".

Por lo que dice la alcaldesa, lo único que se ha aprobado es que se ponga en marcha una modificación de la ordenanza municipal de uso de instalaciones deportivas para que esas instalaciones se usen exclusivamente en el ámbito deportivo o en actividades organizadas por el Ayuntamiento. Y señala que el resto de instalaciones municipales están a disposición de toda la sociedad, incluida la comunidad musulmana o cualquier persona o asociación que solicite una instalación y cumpla con los requisitos técnicos. Además, la alcaldesa insiste en que se cumple la Constitución:

"Cualquier colectivo que nos pida un espacio público para celebrar cualquier rito que le va a autorizar, eso no se puede prohibir por el artículo 16 de la Constitución, que garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades. No hay ni vetos ni prohibiciones a nadie en Jumilla por su creencia religiosa".

La alcaldesa la verdad es que matiza bastante la cuestión, por no decir mucho. ¿Qué ocurre entonces? ¿Por qué en un primer momento se hablaba de prohibir el culto a los musulmanes en espacios públicos? Pues porque el socio del PP, Vox, se atribuyó inmediatamente el mérito de la moción aprobada por el pleno de Jumilla para limitar la celebración de fiestas religiosas en instalaciones deportivas públicas. De hecho, lo celebró como la primera medida en España que impide celebrar fiestas islámicas en espacios públicos. Algo que, por lo que ha contado la alcaldesa, por lo que le ha contado a Pilar Cisneros en 'Mediodía COPE', no es así.

¿Cuál es el problema? Pues el problema es que vivimos un momento en el que por uno y otro lado se intentan radicalizar determinadas cuestiones que afectan a la convivencia, que afecta a lo que pasa en localidades como Jumilla, localidades en las que conviven nacionalidades muy diversas y gente que practica distintas religiones. Y los radicales de uno y otro lado saben que en río revuelto acaban ganando.

Por eso, sobre este asunto, debemos tener clara dos cosas: primera, la limitación de la libertad de culto atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano y no solo afecta a un grupo religioso, afecta a todas las confesiones religiosas y también a los no creyentes. Y segunda cuestión, buscar provocar problemas donde no los hay es jugar con fuego y eso no deberíamos hacerlo.