Casas con escudos centenarios pueden pedir la exención del IBI en Lorca
El Foro Casco Histórico explica cómo hacerlo y ofrece asesoramiento gratuito para beneficiarse de la ventaja tributaria, que hasta ahora nadie ha solicitado en la ciudad
Lorca - Publicado el - Actualizado
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Si usted es propietario de una casa con escudos heráldicos centenarios en el casco histórico de Lorca, está de suerte. Los dueños de inmuebles con estos elementos singulares en las fachadas pueden solicitar al Ayuntamiento la exención del impuesto de bienes inmuebles (IBI).
Lo ha confirmado el Foro Casco Histórico, que acaba de conocer esta ventaja tributaria prácticamente desconocida y de la que nadie se ha beneficiado aún en la ciudad, pero sí en otras ciudades de la Región y de Almería.
Según presidenta del Foro, María Antonia García, la aplicación en Lorca de esta medida fiscal ha quedado aclarada en una pregunta vinculante a la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, en la que se planteaba si un bien inmueble goza de la exención en IBI al tener un escudo de una antigüedad superior a cien años.
La Dirección General de Tributos ha confirmado que, conforme a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, estos inmuebles pueden acogerse a una exención del IBI sin necesidad de que estén declarados formalmente como Bien de Interés Cultural (BIC) ni inscritos en el Registro General del Patrimonio Histórico Español.
Y no solo eso, también pueden beneficiarse de la exención los propietarios de viviendas del casco histórico que en sus fachadas luzcan, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y piezas similares, con más de un siglo de antigüedad acreditada.
El Foro Casco Histórico ha elaborado una guía con los pasos a seguir y ha animado a los propietarios a consultarla y a solicitar su asesoramiento gratuito sobre el proceso.