Un vasco pierde su pensión de jubilación a los 77 años: la Seguridad Social se da cuenta de que no cumple este requisito
Inicialmente, el Juzgado de lo Social nº 12 de Bilbao falló a favor del jubilado, pero el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco tomó una decisión contraria
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz (c) y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, Elma Saiz (d)
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Cuando un ciudadano llega a la edad de jubilación, espera poder disfrutar de la pensión que ha ido construyendo con sus años de trabajo y cotización. Sin embargo, un caso reciente ocurrido en el País Vasco ha puesto en jaque esta confianza. Un hombre de 77 años, con casi 30 años cotizados, ha visto cómo la Seguridad Social le denegaba su pensión contributiva de jubilación. La causa: no cumplía con el requisito legal de haber cotizado al menos dos años dentro de los 15 años anteriores a la solicitud de la pensión, conocido como carencia específica. Este episodio ha generado un intenso debate jurídico y social, reflejando una realidad que afecta a más trabajadores de los que podría parecer.
El proceso judicial y el fallo final del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
El jubilado presentó su solicitud en septiembre de 2022, cuando ya tenía 77 años. Sin embargo, su última cotización data de agosto de 2004, lo que significaba que llevaba 18 años sin cotizar antes de pedir la pensión. Según la legislación vigente, para obtener la pensión contributiva, es imprescindible acreditar un periodo mínimo de cotización de 15 años en total, y al menos dos años dentro de los últimos 15 anteriores a la solicitud, tal como recoge el artículo 205.1 b) de la Ley General de la Seguridad Social.
Ante esta situación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó su solicitud. El trabajador no se dio por vencido y recurrió la decisión ante los tribunales. En primera instancia, el Juzgado de lo Social nº 12 de Bilbao le dio la razón, concediéndole la pensión. Sin embargo, la Seguridad Social apeló la sentencia, y fue entonces cuando el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco revocó el fallo inicial, alineándose con la posición del INSS.
Un anciano sentado afuera de una iglesia en Barcelona, España, pidiendo limosna de dinero.
El tribunal afirmó que la ausencia de cotizaciones en los últimos 15 años era determinante y que, por tanto, el solicitante no cumplía con el requisito legal para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Sí podía optar, eso sí, a una pensión no contributiva, cuya cuantía es notablemente inferior y que está pensada para personas con bajos recursos que no cumplen con los requisitos de cotización.
Este caso pone de manifiesto la importancia de mantener una cotización continua o, al menos, cumplir con los plazos mínimos establecidos para acceder a los derechos sociales básicos, como la jubilación. Además, evidencia la complejidad y la litigiosidad que pueden surgir entre los trabajadores y la Seguridad Social cuando se trata de aplicar normativas con condiciones estrictas.
Alternativas y soluciones para cumplir con la carencia específica
Este tipo de casos no son excepcionales. La jurisprudencia recoge situaciones similares en las que se ha tenido que valorar si ciertos períodos sin cotización pueden o no ser computados para cumplir con la carencia específica. Por ejemplo, en otro caso relevante, una mujer que no había cotizado dos años dentro de los 15 anteriores sí consiguió la pensión porque durante ese tiempo estaba inscrita en el SEPE en búsqueda activa de empleo. La justicia consideró que esta circunstancia demostraba su intención de incorporarse al mercado laboral, por lo que entendió que debía contarse como periodo válido.
Un anciano con su perro descansa en un banco en un típico pueblo de montaña cerca de un café
En general, muchas personas sufren interrupciones en sus cotizaciones debido a circunstancias como desempleo, enfermedad o responsabilidades familiares. Para ellos, existen herramientas como los convenios especiales con la Seguridad Social, que permiten continuar cotizando de forma voluntaria para no perder los derechos adquiridos ni incumplir los requisitos necesarios. Aunque las cuotas a pagar pueden ser similares a las de un trabajador autónomo y deben mantenerse durante al menos dos años, son una opción para asegurar el acceso a la pensión en condiciones legales.
Otra opción, aunque con resultados menos seguros, es estar inscrito en el SEPE como demandante de empleo, lo que en algunos casos ha permitido cumplir la carencia específica y acceder a la pensión contributiva. Sin embargo, esta vía no está garantizada y depende de la interpretación judicial en cada caso.
Este debate jurídico y social invita a reflexionar sobre la necesidad de flexibilizar ciertas condiciones para adaptarlas a la realidad de los trabajadores actuales, quienes a menudo enfrentan periodos prolongados sin cotización por circunstancias fuera de su control.