El fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo, condenado a 28 años y 2 meses de prisión

La Audiencia de Gipuzkoa le ha condenado por 1 delito de violación, otro de abusos sexuales, 6 de pornografía infantil y 2 de estafa

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Dos meses después de que se celebrara el juicio en la Audiencia de Gipuzkoa en San Sebastián el fotógrafo donostiarra Kote Cabezudo ha sido condenado a 28 años y dos meses de cárcel como autor de un delito de violación, otro de abusos sexuales, seis de pornografía infantil y dos de estafa, si bien ha sido absuelto de otros 217 delitos que le habían imputado las acusaciones. La Fiscalía había reclamado más de 250 años de prisión para el acusado mientras que la acusación particular había elevado esta pena hasta los 2.627 años de cárcel.

Respecto a los delitos contra la libertad sexual, la Audiencia de Gipuzkoa considera que cometió uno de violación y otro de abuso sexual a 2 víctimas, ambas mayores de edad. La sentencia explica que "una cosa es acudir voluntariamente a que te hagan fotos con significación sexual y otra que el fotógrafo realice acciones sobre el cuerpo de la mujer y sobre sus genitales", como ocurrió en ambos casos," a pesar de que las 2 modelos mostraron su oposición" pero continuó haciéndolo "sin el consentimiento de ambas".

En la sentencia los magistrados han encontrado además material pornográfico en relación a 6 menores, pero en 5 casos el delito había prescrito y también le condenan por otros 4 delitos de difusión de pornografía intantil, no prescritos. Finalmente el tribunal considera cometidos 2 delitos de estafa a 2 modelos que recompraron, tiempo después, al acusado "sus derechos de imagen" a cambio de que retirara sus fotografías de las páginas web.

La pena de 28 años y dos meses de cárcel impuesta ahora a Cabezudo supera el umbral legal de veinte años establecido por el Código Penal, por lo que la sentencia declara extinguidos los ocho años y dos meses que rebasan este límite. Paralelamente, el texto judicial impone también al condenado la obligación de compensar con 116.000 euros a las perjudicadas.