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REHABILITACIÓN

700€ para la rehabilitación integral de edificios en el Casco Antiguo y Primer y Segundo Ensanche de Pamplona

680.000€ para las obras de rehabilitación y renovación de edificios y 20.000€ para préstamos a personas propietarias usuarias sin recursos económicos

PAMPLONA CASCO ANTIGUO

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 16:12

Convocatoria de 700.000 euros para la rehabilitación integral de edificios en el Casco Antiguo y Primer y Segundo Ensanche del Ayuntamiento de Pamplona680.000 euros para las obras de rehabilitación y renovación de edificios y 20.000 euros para préstamos a personas propietarias usuarias sin recursos económicos. Las bases de la convocatoria se pueden consultar en el Boletín Oficial de Navarra número 221 de 8 de noviembre y en la web municipal, www.pamplona.es.

El Ayuntamiento de Pamplona ha abierto el plazo de presentación de documentación para proceder al pago de las ayudas municipales destinadas a la rehabilitación integral de edificios en el Casco Antiguo y Primer y Segundo Ensanche para el año 2019. Esta convocatoria, en régimen de evaluación individualizada, está dotada con 700.000 euros.

En concreto, se busca fomentar la realización de obras de rehabilitación y renovación de edificios del Casco Antiguo de Pamplona, así como la realización de obras de rehabilitación en edificios del Primer y del Segundo Ensanche, ha informado el Consistorio.

Las actuaciones protegidas de rehabilitación amparadas en la Ordenanza Municipal de Ayudas pueden ser realizadas por las personas físicas o jurídicas que ostenten y acrediten la condición de propietario, inquilino o usuario no propietario (en estos casos, siempre que cuenten con el permiso expreso del propietario) sobre los bienes sobre los que recaigan las actuaciones susceptibles de subvención.

Asimismo, pueden obtener la condición de beneficiario las comunidades de propietarios en los supuestos o términos contemplados en la Ordenanza Reguladora de las Ayudas Municipales a la Rehabilitación de Edificios. Las bases de la convocatoria se pueden consultar en el Boletín Oficial de Navarra número 221 de 8 de noviembre y en la web municipal, www.pamplona.es.

Los 700.000 euros de la partida presupuestaria de esta convocatoria se dividen en dos conceptos: 680.000 euros para las obras de rehabilitación y renovación de edificios y 20.000 euros para préstamos a personas propietarias usuarias sin recursos económicos. Solo se concederán estas ayudas municipales a las actuaciones de rehabilitación finalizadas, que previamente hayan sido aprobadas por el Ayuntamiento e informadas favorablemente por la Oficina de Rehabilitación de Viviendas.

Los expedientes serán tramitados y resueltos siguiendo el orden de finalización de las obras y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello. El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses. Los documentos relacionados con los expedientes a tramitar se pueden presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en sus registros auxiliares o en cualquiera de los previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de documentación abarca todo el periodo de vigencia de la convocatoria, es decir, hasta final del presente año. En el caso de los préstamos a propietarios sin recursos, el plazo comenzará a partir de la fecha de calificación del expediente como de rehabilitación protegida.

CASCO ANTIGUO

Podrán ser objeto de ayudas municipales las obras protegibles destinadas a obtener la adecuación estructural de edificios del Casco Antiguo (para proporcionar seguridad constructiva), su adecuación funcional (para proporcionar condiciones suficientes respecto a accesos, estanqueidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía y saneamiento, acabados generales y seguridad frentes a accidentes y siniestros) o ambas.

Además, se incluyen las obras a realizar en un edificio rehabilitado que disponga de adecuación estructural y funcional, o la obtenga simultáneamente, cuando tenga por objeto la adecuación de los espacios libres o patios; fueran requeridas por sus valores arquitectónicos, históricos o ambientales de los edificios o viviendas; tengan por objeto mejoras de ahorro de consumo energético; persigan la adecuación urbanística del edificio; suprimen las barreras arquitectónicas y, en concreto, la instalación de ascensores; o consistan en la mejora de rótulos, fachadas e imagen urbana de locales y se acometan junto con las obras de elementos comunes del edificio.

En cuanto a las obras de renovación en edificios del Casco Antiguo, la ordenanza escribe que deben reunir los requisitos de estar autorizadas por normativa urbanística aplicable y que deben suponer una mejora sustancial de las condiciones de habitabilidad respecto del edificio persistente y del entorno e imagen urbana.
Se establecen cinco tipos de ayudas a la promoción de obras de rehabilitación y de renovación de edificios en el Casco Antiguo, cada una de ellas con sus posibles beneficiarios, cuantía, plazos y contenidos.

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Se trata de ayudas para la colocación de andamios, ayudas a obras, ayudas a realojos municipales, ayudas a propietarios sin recursos económicos y ayudas a actuaciones singulares. Entre otros requisitos de los edificios susceptibles de estas ayudas, se encuentra su antigüedad, que debe superar los 50 años, excepto cuando se trate de adaptación para uso de personas con minusvalía que reduzcan su movilidad.

PRIMER Y SEGUNDO ENSANCHE

En el Primer y Segundo Ensanche las ayudas se otorgan para la rehabilitación de los edificios. Se incluyen las mismas condiciones para las obras protegibles en el Casco Antiguo en el aspecto de tener que destinarse a la adecuación estructural, funcional o a ambas, y en el aspecto de obras en un edificio rehabilitado, que disponga de adecuación estructural y funcional, o la obtenga simultáneamente, para adecuación de espacios libres o patios, mejoras de ahorro energético, instalación de ascensores...

Las ayudas se conceden para tres tipos de gastos, colocación de andamios, ayudas a obras y ayudas a actuaciones singulares, cada una de ellas con sus baremos, cuantías y beneficiarios. Los edificios también deben tener una antigüedad superior a los 50 años, excepto en casos de adaptación a personas con minusvalías.

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