Absuelto el acusado de violar a una mujer a la que conoció esa misma noche en una discoteca de Ourense
Los magistrados de la Audiencia Provincial ven falta de coherencia en la denunciante y ausencia de pruebas físicas
Audiencia Provincial de Ourense
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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha dictado sentencia absolviendo al joven acusado de haber agredido sexualmente a una chica en las escaleras de la entreplanta del edificio en el que él vivía. Los magistrados apreciaron falta de coherencia en la declaración de la denunciante, así como falta de persistencia en la incriminación o de evidencias físicas.
El Tribunal considera probado que los dos se conocieron en la madrugada del 13 de septiembre de 2019 en una discoteca de Ourense, donde ambos comenzaron a mantener una conversación e intimaron besándose y tocándose. De mutuo acuerdo decidieron salir del local y dar un paseo, hasta que llegaron frente al domicilio en el que vivía el acusado, y donde éste pretendía que entrase la chica con la intención de mantener relaciones sexuales, aunque él "le manifestó que no iba a pasar nada que ella no quisiese".
Una vez dentro del portal, mantuvieron relaciones sexuales, sin que quedase acreditado que el acusado hubiera empleado la fuerza ni que ella hubiese exteriorizado su oposición a mantener ese encuentro sexual.
En el juicio, la joven señaló que había sido violado y que había expresado su rechazo intentando apartar al joven, que la había abofeteado y agarrado por el cuello.
En cuanto el acusado se apartó de ella, la víctima escapó y se refugió en el portal de al lado, desde donde llamó a sus amigos para pedirles que la acompañaran a un centro médico. El facultativo que la atendió avisó a la Policía y un agente la acompañó al CHOU para que fuese reconocida por personal médico.
Los jueces apunta que el informe forense no recoge lesiones físicas en la zona vaginal y que la chica incurrió en contradicciones en las diferentes declaraciones que ha prestado a lo largao del procedimiento judicial.
La Audiencia refleja en la sentencia que carece "de una convicción fundada para estimar acreditados los hechos más allá de toda duda razonable", por lo que aplica el principio 'in dubio pro reo' (en caso de duda, se resolverá a favor del procesado) y acuerda la absolución del acusado.