El BOE publica las bonificaciones de la autopista entre Santiago y Lalín que entrarán en vigor este jueves

El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros no contempla la retroactividad de la medida a los primeros meses del año

Itinere-Acega

Peaje de la AP-53 (Autopista Central de Galicia)

íñigo Landa

Santiago - Publicado el - Actualizado

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El Boletín oficial del Estado publica este 9 de abril el Real Decreto en el que se disponen las subvenciones de peajes de la AP-53, la Autopista Central de Galicia (Acega) y por el que se regulan las rebajas que se aplicarán a partir del día siguiente a su publicación. Es decir, entrarán en funcionamiento a partir de este jueves, 10 de abril

Así se recoge en el BOE tras la aprobación ayer mismo por el Consejo de Ministros de una medida que supondrá una rebaja de los peajes entre Santiago de Compostela y el Alto de Santo Domingo en Dozón, provincia de Pontevedra, con distintos niveles de aplicación, muy similares a los que ya se aplican en la AP-9

Así, y para vehículos ligeros que utilicen el sistema de pago de telepeaje,  se aplicará una bonificación "del cien por cien del importe del peaje del recorrido de retorno (recorrido con el mismo origen y destino que el de ida y sentido contrario) realizado en el plazo máximo de 24 horas entre este y el recorrido de ida, a aquellos vehículos que transiten por la autopista AP-53, aplicable a cualquier día de la semana".

Itinere-Acega

AP-53

Bonificaciones que serán aún mayores para aquellos usuarios recurrentes "que realicen al menos veinte desplazamientos en el mismo mes por la autopista, exceptuando los efectuados exclusivamente por los tramos libres de peaje".

A quienes se les aplicará "una bonificación adicional del cincuenta por ciento del importe pagado de todos los recorridos realizados en ese mes, a contar desde el recorrido inicial", siendo ésta adicional a la anterior.

BONIFICACIÓN DEL 50 % PARA LOS VEHÍCULOS PESADOS EN TODOS LOS RECORRIDOS 

En el caso de las bonificaciones aplicables a vehículos de las categorías "Pesados 1" y "Pesados 2", el Real Decreto contempla "una bonificación del cincuenta por ciento del importe del peaje en todos los recorridos a aquellos vehículos pesados que transiten por la autopista AP-53, aplicable a todos los días de la semana y para cualquier sistema de pago del peaje".

Aunque advierte que "al efecto de garantizar una correcta utilización de la medida por parte de los usuarios, respetuosa y acorde con la finalidad pretendida por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, no será de aplicación la bonificación cuando se detecte que el vehículo que pretende su disfrute realiza otros movimientos que no se ajusten al objeto del descuento y que desvirtúen la finalidad del mismo".

Para lo que será la propia Acega, es decir, la concesionaria de la autopista quien se dote de los dispositivos tecnológicos necesarios para su control.

NI RASTRO DE LA RETROACTIVIDAD DE LAS BONIFICACIONES

Lo que no se incluye en este real decreto publicado en el BOE es medida alguna que permita que estos descuentos se apliquen a los primeros meses del año 2025, como pedían varias asociaciones de transportistas. 

Aunque sí especifica cómo se realizará el pago de las mismos a los usuarios, que serán de forma trimestral y una vez validados los datos que al concesionaria remita a la Delegación del Gobierno en Galicia, tras lo que se procederá al abono de los importes correspondientes, en el plazo de treinta días desde dicha validación. En caso de demora en el pago, se aplicará el interés legal.

Puedes consultar todo el Real Decreto que recoge las bonificaciones de la AP-53 y publicado en el BOE aquí: