La justicia confirma que la muerte de un expintor de Navantia Ferrol no fue por amianto, denegando la pensión de viudedad profesional

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestima el recurso, al considerar probado que el fallecimiento se debió a un accidente cerebrovascular derivado de un cáncer de colon, y no al mesotelioma que también sufría el trabajador

Fachada del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en A Coruña

Redacción COPE Ferrol

Ferrol - Publicado el

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La Sala de lo Social, con sede en A Coruña, desestimó el recurso de suplicación al considerar que, si bien el fallecido padecía una enfermedad profesional (mesotelioma) causada por el amianto, la causa directa de su muerte fue un accidente cerebrovascular derivado de un cáncer de colon en estado avanzado que sufría desde hacía años.

El caso se remonta al fallecimiento de un operario que trabajó como pintor para Bazán (posteriormente Izar y Navantia) entre 1972 y 1999, en contacto directo con amianto y sin las medidas de seguridad adecuadas. Tras su muerte, en junio de 2022, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció a su viuda una pensión de viudedad por contingencia común, pero no por enfermedad profesional, lo que conlleva una cuantía menor.

La viuda demandó a la Seguridad Social y a las empresas navales, argumentando que la causa del deceso fue el mesotelioma, un cáncer agresivo vinculado a la exposición del amianto. Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol desestimó la demanda en primera instancia, y ahora el TSXG ha ratificado esa decisión.

CAUSA DIRECTA DEL FALLECIMIENTO

En su fundamentación, el tribunal subraya que la sentencia de instancia se basó en informes médicos que señalaban de manera unánime que la muerte se produjo por un ictus, a su vez provocado por las complicaciones de un adenocarcinoma de colon en estadio IV que el trabajador padecía desde 2009.

El magistrado ponente destacó que la jueza de Ferrol valoró correctamente las pruebas periciales, que descartaban el mesotelioma como causa desencadenante del fallecimiento, a pesar de ser una enfermedad de origen profesional.

El TSXG también rechazó la solicitud de la recurrente de revisar los hechos declarados probados, considerando que no se había acreditado ningún "error judicial evidente, notorio o palmario" en la valoración de la prueba realizada por el juzgado de primera instancia.