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El Gobierno autoriza compartir vehículo privado para actividades permitidas

Modifica la anterior norma que no permitía que dos compañeros de trabajo compartieran automóvil para acudir a su puesto

Control de las policías locales de Ares y Mugardos con la Guardia Civil - FOTO: Policía Local de Ares

Control de las policías locales de Ares y Mugardos con la Guardia Civil - FOTO: Policía Local de Ares

EFE

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 10:09

El Gobierno permite desde este miércoles, 25 de marzo, que dos personas compartan vehículo privado, una al volante y otra en el asiento de atrás en el lado opuesto, para realizar las actividades permitidas en el Real Decreto de estado de alarma del 18 de marzo, como ir al lugar de trabajo, a comprar alimentos, al banco o a repostar carburante.

Así se plasma en una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) publicada en el Boletín Oficial de Estado (BOE), que establece que podrán viajar en vehículos de hasta nueve plazas una persona por cada fila de asientos, incluido el conductor, "manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes".

ACTIVIDADES AUTORIZADAS

Las actividades autorizadas son la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; los desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; el retorno al lugar de residencia habitual; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

También, los desplazamientos a entidades financieras y de seguros, los de causa de fuerza mayor o situación de necesidad y los de repostaje en estaciones de servicio.

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