PAZO DA MERCED

Un juzgado de Ferrol obliga al Pazo da Merced de Neda a dejar de realizar bodas y banquetes

Desde la Asociación de Emprendedores de Galicia (ASCEGA) denuncian que más de la mitad del sector de eventos carece de los permisos necesarios para celebrar convites

Vista aérea del Pazo da Merced en Neda

Redacción COPE Ferrol

Ferrol - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Según una nota remitida por la Asociación de Emprendedores de Galicia (ASCEGA), el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ferrol obliga al Pazo da Merced, en Neda, a dejar de albergar bodas y banquetes tras desestimar, en una sentencia, el recurso interpuesto por la sociedad que explota la instalación y a la que, en septiembre de 2019, una resolución del Concello de Neda conminó a suspender la actividad. La administración local advirtió en aquel año de que el espacio dedicado a los convites se encontraba en suelo rústico y carecía de título habilitante de naturaleza urbanística.

Desde la Asociación de Emprendedores de Galicia (ASCEGA), denuncian que más de la mitad del sector en la comunidad autónoma carece de los permisos necesarios para desarrollar su actividad. La sentencia del juzgado ferrolano traza un recorrido sobre el expediente administrativo que compendia todo lo sucedido en torno a las obras del pabellón construido junto al pazo y cuyo uso se suspende.

Y recuerda como en 2010 se solicitó la implantación de una instalación “efímera” para ampliar los locales ya existentes en el interior del pazo. Ese permiso se vinculó a la solicitud de una licencia para realizar actividades de restauración que, advierte el juzgado, no consta que se hubiese otorgado. De manera que el Pazo da Merced sirvió comidas durante todo este tiempo sin carecer del permiso preceptivo definido por la Ley. Además, en abril de 2012 se inició contra el Pazo da Merced un expediente sancionador y de reposición de la legalidad por realizar obras sin autorización del Dominio Público MarítimoTerrestre, que denegó su legalización dos años después.

El juzgado estima en su sentencia que fue correcta la actuación del Concello demandado al suspender los usos del suelo y remitir a la Axencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU) de la Xunta de Galicia los hechos que constataron “al apreciar la concurrencia de obras y usos realizados en suelo rústico y que no contaba con el título habilitante para ello”.

El propio Pazo da Merced apunta en su alegación, según explica la sentencia, que el APLU ya le había requerido en marzo de 2013 para que restituyera la legalidad en la finca y, por ello, solicitaba que la causa hubiese prescrito. Pero la jueza matiza en su auto que ese expediente no es objeto en el procedimiento que juzga, desestima el recurso e impone las costas del abogado del Concello a la parte demandante. La sociedad Pazo da Merced SL tiene quince días para interponer recurso de apelación ante el mismo juzgado.