La Renta 2025 arranca: consulta aquí las fechas clave y las principales novedades de la campaña
La nueva campaña de la declaración se extiende de abril a junio y trae importantes novedades para autónomos, inversores y propietarios de coches eléctricos
Mérida - Publicado el - Actualizado
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La campaña de la Renta 2025, correspondiente al ejercicio fiscal del año pasado, está a punto de comenzar. Millones de contribuyentes deberán presentar sus declaraciones entre los meses de abril y junio, un trámite para el que la Agencia Tributaria ya ha definido las fechas más importantes, además de introducir algunas novedades relevantes que afectan a distintos colectivos.
Fechas clave de la Renta 2025
El calendario fiscal se pone en marcha el 11 de marzo, día en que se podrá solicitar el número de referencia para gestionar los servicios de la campaña. Una semana después, el 18 de marzo, los contribuyentes ya podrán consultar sus datos fiscales a través de la Sede Electrónica de la AEAT y su aplicación móvil.
El plazo para presentar la declaración por internet (modelo 100) y la del impuesto sobre patrimonio (modelo 714) comienza el 8 de abril. A partir del 29 de abril, se podrá pedir cita para la confección telefónica, un servicio que se activará el 6 de mayo.
Para quienes prefieran la atención presencial, la solicitud de cita previa estará disponible desde el 29 de mayo, y las oficinas de la Agencia Tributaria comenzarán a prestar este servicio el 1 de junio. La campaña finalizará el 30 de junio, aunque el límite para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria es el 25 de junio.
Principales dudas de la declaración
La cita previa, necesaria para recibir atención tanto telefónica como presencial, se puede solicitar por internet o a través de los teléfonos 91 535 73 26 y 901 12 12 24 (automático) o 91 553 00 71 y 901 22 33 44 (atención personal).
En cuanto a la obligación de declarar, los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentarla obligatoriamente, aunque el resultado suele ser cero al tratarse de una renta exenta. Por otro lado, y en contra de lo previsto, los desempleados que cobran el paro no tendrán que declarar si no superan los límites generales de ingresos.
Respecto a quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional (16.576 euros en 2025), no están obligados si procede de un único pagador. Sin embargo, sí deberán hacerlo si superan los 15.876 euros anuales y han tenido un segundo pagador que les ha abonado más de 1.500 euros.
Además, se ha confirmado que las deducciones por la compra de vehículos eléctricos, la instalación de puntos de recarga o la rehabilitación energética de viviendas se mantienen vigentes para este ejercicio.
Novedades de la Renta 2025
La aplicación Renta Web ha mejorado la gestión de datos de ascendientes y descendientes, detectando automáticamente si tienen rentas de entre 1.800 y 8.000 euros para simplificar la aplicación de deducciones. También se automatiza el cálculo del rendimiento mínimo en arrendamientos a familiares.
Los autónomos encontrarán nuevas casillas para regularizaciones de cotizaciones y un mayor desglose en módulos del sector agrícola. Por su parte, se han añadido apartados específicos para declarar ganancias patrimoniales por premios, ETFs y SICAVs.
Finalmente, se ha modificado el último tramo de la tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro. El tipo marginal máximo estatal para rentas que excedan los 300.000 euros sube del 14% al 15%, mientras que para residentes en el extranjero se eleva del 28% al 30%.