El Ayuntamiento de Badajoz aclara sus competencias en los colegios: la vigilancia se limita a los edificios
El consistorio deslinda sus funciones de las del personal docente y detalla que su labor se centra en el mantenimiento y la seguridad de las instalaciones a través de la empresa SECOEX
La empresa SECOEX se encarga de la seguridad de los 28 colegios de la ciudad a partir de las 19:45 horas.
Badajoz - Publicado el
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Ante la confusión generada en torno a las responsabilidades municipales en los centros educativos tras la presunta huida de dos niños de dos años del Colegio del Cerro Gordo, el Ayuntamiento de la capital pacense ha especificado el alcance de sus funciones. La competencia del consistorio en los colegios se refiere exclusivamente a los edificios y no al alumnado, desvinculando su labor de cualquier otra índole.
Responsabilidad sobre el edificio, no el alumnado
Las tareas que desempeña el gobierno local en las instalaciones escolares son el "mantenimiento, conservación y vigilancia". Desde el consistorio se subraya que "el alumnado es competencia del personal docente", estableciendo una clara división de funciones y responsabilidades. Además, se ha querido dejar claro que esta labor no tiene "nada que ver con el caso de ayer".
Así funciona el servicio de vigilancia
El servicio de seguridad en los colegios se realiza mediante vigilantes de la empresa SECOEX y el contrato contempla una consiste en una "vigilancia discontinua". El objetivo principal del contrato es "facilitar a los miembros de las Fuerzas de Seguridad información sobre posible comisión de hechos delictivos" y permitirles el acceso a los inmuebles si fuera necesario. La empresa SECOEX se encarga de la seguridad de los 28 colegios de la ciudad a partir de las 19:45 horas, momento en el que se conectan las alarmas.
Facilitar a los miembros de las Fuerzas de Seguridad información sobre posible comisión de hechos delictivos"
Finalmente, entre las labores de seguridad también se incluye el mantenimiento de los sistemas de alarmas de los centros. El contrato estipula la obligación de que el personal de seguridad acuda al centro educativo en caso de que se produzca un disparo de alarma.