• Sábado, 27 de abril 2024
  • ABC

COPE

Noticias

SANCIONES MÁS DURAS

Listado de infracciones que llevarán aparejada la pérdida de puntos

El teléfono será necesario para la seguridad y conectividad, pero a la vez será el villano de la conducción

Sanciones con puntos

Luz de CruceVicente Herranz

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 03:08

Tras varios años de experiencia en la aplicación del permiso por puntos, y como también ha venido sucediendo en otros países que disponen de sistemas similares, es el momento de proceder a su actualización, que tras su futuro paso por el parlamento, podría aprobarse antes del verano, aunque los antecedentes hacen pensar que podría retrasarse algo más. Los cambios no son sustanciales, manteniendo un modelo que se estima válido, pero incidiendo en aquellos aspectos que requieren de modificación, con el principal objetivo de mejorar la eficacia del sistema y reforzar la seguridad vial.

El objeto de la reforma se centra principalmente en la revisión de las infracciones que detraen puntos; el reconocimiento que tiene para la seguridad vial la superación de cursos de conducción segura y eficiente; el tratamiento actualizado de la conducción profesional; y la unificación a dos años del plazo que tiene que transcurrir para recuperar el saldo inicial de puntos tras la firmeza de las sanciones.

La modificación legal busca compensar aspectos que aumentan la presión punitiva sobre las personas conductoras –infracciones que agravan la pérdida de puntos por su relación actual con los factores concurrentes de accidentalidad- con medidas que favorecen el cambio de comportamiento, y que recompensan a quienes se adaptan e interiorizan una conducción que minimiza los riesgos.

Respecto de las infracciones, los cambios se centran en aquéllas que se vienen identificando como los comportamientos más peligrosos en la actualidad, y que, por consiguiente, aumentan la detracción de puntos. En concreto, se modifica el anexo que agrava la pérdida de puntos en infracciones consistentes en la utilización de teléfono móvil sujetando el dispositivo con la mano, diferenciándolo de otros supuestos de utilización indebida que comportan menos riesgos, así como en las infracciones por la falta de uso o uso incorrecto del casco de protección, del cinturón de seguridad y de los sistemas de retención infantil. Esta revisión se basa en datos estadísticos que se han venido consolidando en los últimos años. En este sentido, debe señalarse que las distracciones constituyen ya la principal causa de accidentes con víctimas, siendo la utilización del teléfono móvil la principal causa concurrente. De esta forma, estas infracciones quedan identificadas como los comportamientos más reprochables en materia de seguridad vial, y el mensaje es claro en este sentido.

Se añade como reproche el no mantener la distancia de 1,5 metros para adelantar a ciclistas, conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros, sin necesidad que sean utilizados

El titular de un permiso o licencia de conducción que sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las siguientes infracciones, perderá el número de puntos que, para cada una de ellas, se señalan a continuación:

Pérdida de 6 puntos

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l).
  • Conducir con presencia de drogas en el organismo.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
  • Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
  • La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del tacógrafo o del limitador de velocidad.
  • Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. ( pasa de 3 a 6 puntos).

Pérdida de 4 puntos

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l).
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
  • No respetar las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, o de sus agentes.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección ( de 3 a 4 puntos).
  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello.
  • Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías
  • Left6:No existe configuración de publicidad para el slot solicitado

Pérdida de 3 puntos

  • Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
  • Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
  • Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las previstas en la pérdida de 6 puntos.

La pérdida de puntos por velocidad no tendrá cambios, con respecto a las actuales.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Directo El Partidazo de COPE

El Partidazo de COPE

Con Juanma Castaño

Escuchar