Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid aprueba el Decreto que preserva el patrimonio bibliográfico, digital y documental
La Comunidad de Madrid aprueba el Decreto que preserva el patrimonio bibliográfico, digital y documental
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El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, a iniciativa de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, el Decreto que regula el depósito legal de la Comunidad de Madrid. Este órgano tiene como finalidad recopilar el material bibliográfico, sonoro, audiovisual y electrónico producido sobre cualquier soporte que tenga fines de difusión.
La nueva norma fija las condiciones de gestión de esos documentos y los centros depositarios y de conservación. El objetivo del Decreto es regular la gestión del depósito legal y preservar el patrimonio bibliográfico, digital y documental que en sus distintos soportes se producen.De este modo, el Ejecutivo regional actualiza la normativa vigente y la adapta a la legislación estatal. Se trata de garantizar que, a través del depósito legal, se reúnen y conservan colecciones que permitan constituir el patrimonio bibliográfico madrileño y con ello ensanchar el colectivo, dando forma al concepto genérico de la cultura que se recoge en la Constitución. Es decir, preservar la memoria del patrimonio documental generado en Madrid.De acuerdo con el texto del Decreto, la Biblioteca Regional de Madrid Joaquín Leguina, gestionada por la Dirección General de Patrimonio Cultural, es el principal centro de conservación y recepción de las publicaciones objeto del depósito legal, siendo también la entidad que gestiona las publicaciones digitales.El texto aprobado establece, entre otros aspectos, las características de los ejemplares tangibles que el depósito legal deberá recibir de cada obra para su posterior envío a los centros de conservación y recepción que señala el texto. Así, por ejemplo, el editor deberá entregar un ejemplar de las primeras ediciones, reediciones de libros, folletos y recursos multimedia en los que, al menos, uno de los soportes sea en papel. En el caso de los libros, facilitará también el ejemplar digital previo a la impresión.Otros documentos afectados por la norma son las partituras, revistas, diarios, mapas, planos, atlas, boletines, libros de texto, grabaciones sonoras, producciones audiovisuales, láminas, cromos, tarjetas de felicitación, entre otras, así como la copia digital de todos los archivos impresos o producidos en cualquiera de los soportes.
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