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Los establecimientos hosteleros de la ciudad podrán adecuar ya sus terrazas exteriores para el invierno

El alcalde firmó el Decreto

Terrazas

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:13

El Alcalde de Zamora, Francisco Guarido ha firmado hoy el Decreto por el que se regula la instalación de las estructuras o elementos desmontables para proteger de la climatología adversa a las terrazas de los establecimientos hosteleros instaladas en la vía pública, con el objetivo de que los propietarios de los establecimientos puedan adaptar sus instalaciones cuanto antes y comenzar a funcionar cuando se levante la actual situación de cierre.

En líneas generales las terrazas exteriores acondicionadas deberán estar conformadas por unas estructuras desmontables y nunca de carácter fijo ni permanentes; no deberán estar ancladas ni al suelo ni a la pared; y los elementos de las paredes laterales deberán ser enrollables, vertical u horizontalmente, de manera que se adapten a los requisitos exigidos frente a la Covid-19, con dos laterales abiertos para facilitar la ventilación. Y hay que tener en cuenta que en las zonas de ampliación extraordinaria o instalación temporal de terrazas, amparadas por el estado de alarma, dichos elementos solo serán autorizables durante la vigencia de las medidas restrictivas de la actividad hostelera adoptadas por la autoridad sanitaria, debiendo ser retiradas a la finalización de dicho periodo.

En el Decreto se establecen tres tipos de terrazas, según las características y estructuras con las que cuenten. Las terrazas Tipo A son las formadas únicamente, por veladores (mesas y sillas), sombrillas y otras piezas auxiliares móviles como, pantallas, mamparas, vallas o jardineras que pueden incorporar elementos protectores de viento, y que sirven como secciones delimitadoras del espacio de la terraza, los cuales no podrán sobrepasar la altura máxima de 1'60 metros, siendo necesario que a partir de, al menos, 1'20 metros de altura, el vallado esté ejecutado en material transparente para evitar el impacto visual. Todos los elementos que componen este tipo de instalación, vienen amparados por la licencia otorgada para la colocación de la terraza en suelo público y su vigencia será anual.

La Terrazas de Tipo B son las que disponen además de un armazón compuesto por dos postes laterales por dos postes entre los cuales se sitúa un mecanismo enrollable que despliega una lona de forma rectangular, la cual se desenrolla paralelamente al suelo y perpendicularmente a la vertical del soporte, a uno o a ambos lados del mismo, mediante un mecanismo de brazo articulado, formando la cubierta del espacio de terraza autorizado. Puede incluir lonas desenrollables en tres de los laterales a modo de cortavientos (dos mientras duren las restricciones sanitarias derivadas de la actual pandemia), que colgarán verticalmente de la lona extendida a modo de cubierta y se sujetarán a las mamparas colocadas como delimitadores. Para asegurar la estabilidad de la estructura, estará permitida la utilización de contrapesos por la parte interior, formados por jardinera o similar, de peso suficiente para garantizar la estabilidad del elemento. Su vigencia será también anual

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