Condenado a 13 años y 7 meses de prisión el vecino de Turieno que se atrincheró y disparó a la Guardia Civil
Se le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, ya que disparo a menos de cuatro metros contra un agente
Condenado a 13 años y 7 meses de prisión el vecino de Turieno que se atrincheró y disparó a la Guardia Civil
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un total de trece años y siete meses de prisión al hombre que en julio de 2018 se atrincheró en su vivienda de la población lebaniega de Turieno armado con una escopeta que utilizó para disparar durante horas contra agentes de la Guardia Civil.
En su sentencia, la Sección Primera de la Audiencia de Cantabria le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, ya que disparó a menos de cuatro metros contra un agente, que en ese momento portaba un escudo balístico para protegerse. Los perdigones rebotaron y le produjeron heridas graves en un pie.
Por este delito, la pena determinada por el tribunal asciende a nueve años de prisión. Además, se le imponen nueve años de libertad vigilada y la prohibición de comunicar y acercarse al guardia civil herido durante diez año
También ha sido condenado por un delito continuado de atentado contra la autoridad a cuatro años de cárcel y por otro de tenencia ilícita de armas a siete meses más.
En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar al agente en 22.105 euros por las lesiones causadas, y a la Dirección General de la Guardia Civil en 661 por daños en los escudos balísticos.
Amenazó a sus hermanos con una navaja
Todo ocurrio el 17 de julio de 2018, cuando sobre las ocho y media de la tarde, agentes de la guardia civil recibieron la llamada de los hermanos del ahora condenado, porque éste, que llevaba dos días sin salir de su habitación, sin comer y sin atender a sus requerimientos, les había amenazado con una navaja cuando ellos rompieron el cristal de la habitación con la intención de cerciorarse de su estado.
Tras esa amenaza, el acusado abandonó la habitación y se dirigió al garaje donde su hermano tenía el vehículo aparcado y comenzó a golpearlo reiteradamente con una maza. Fue entonces cuando los hermanos dieron aviso a las autoridades.
Cuando los agentes llegaron, el acusado salió de su habitación “esgrimiendo una navaja y haciendo gestos con la mano de que los iba a atacar” a la vez que les profería expresiones de amenaza. Los agentes decidieron salir de la vivienda y pedir refuerzos.
Después el acusado siguió ignorando la petición de que se entregara, “sacó una escopeta por una ventana y con ánimo intimidatorio efectuó dos disparos al aire”.
Entonces, los cuatro agentes se parapetaron detrás del vehículo oficial y se produjo “un intercambio de disparos durante el cual el acusado, ante el menor movimiento que hacían los agentes parapetados o intentaban convencerle para que se entregase, sacaba la escopeta por la ventana y disparaba contra la fachada del edificio de enfrente y hacia el lugar en el que se encontraban los agentes”.
Hirió a un agente y siguió disparando mientras lo evacuaban
Durante la madrugada, un grupo de agentes logró entrar en la vivienda y, “al percatarse el acusado que se disponían a subir al desván –donde él se encontraba- disparó contra la puerta que daba acceso a la escalera en el momento en que los agentes procedían a abrirla”.
Entonces, “con intención de acabar con la vida de los agentes e impedir su detención hizo un disparo a través del hueco de la escalera hacia el agente que tenía a menos de cuatro metros, alcanzando el escudo balístico y rebotando el disparo en el pie del agente que lo sostenía, causándole lesiones graves”.
“Cuando los compañeros intentaban evacuarlo, el acusado efectuó más disparos desde la ventana, abriendo los agentes fuego de cobertura” para poder sacar de allí al compañero herido.
Durante las tres horas siguientes, el acusado “permaneció atrincherado en la casa, y cada vez que oía algún movimiento de los agentes o estos se dirigían a él les respondía con amenazas y efectuaba disparos, existiendo periodos de tiempo de silencio e inactividad que aprovechó el acusado para huir a través del tejado”.
Sobre las siete de la mañana llegaron agentes del Grupo de Acción Rápida de la Guardia Civil y cuando entraron en la vivienda, el hombre había huido al monte.
Regresó a la casa sobre las once y media de la noche. Fue detenido cuando se encontraba escondido bajo un vehículo.
Homicidio en grado de tentativa
El tribunal constata “la existencia de ánimo de matar”, que “se deduce del hecho de disparar desde el desván, por el hueco de las escalera, primero a la puerta tras la cual sabía que estaban los agentes a punto de entrar para subir al desván y, acto seguido, cuando entra un agente que se encontraba a pocos metros del acusado a sabiendas de que disparaba a una persona, pues veía dos focos de luz: de la linterna y del escudo”.
Los hechos constituyen un delito de atentado, pues la víctima era agente de la Guardia Civil, de lo que era consciente el acusado porque a través de la ventana había visto el dispositivo.
No concurre la atenuante de intoxicación
La Audiencia explica en su sentencia que si bien el análisis del cabello del acusado acredita que meses antes de la toma de la muestra había consumido drogas, “dicho consumo por sí solo no acredita que cuando cometió los hechos enjuiciados se encontrara influenciado por el consumo de dichas sustancias y que, además, tuviera anuladas o limitadas sus facultades intelectivas y volitivas”.
Tampoco se ha acreditado, señala la resolución, que durante el “periodo dilatado de tiempo en el que se produjeron los hechos enjuiciados hubiese consumido alcohol y o drogas. Al contrario –continúa-, la testifical de los hermanos del acusado junto con la testifical de un amigo del acusado corrobora que antes de iniciarse los hechos, después de haber estado dos días de fiesta el acusado, estuvo durmiendo en su habitación sin salir durante tres días, desde el domingo por la mañana hasta las ocho de la tarde del martes 18 de julio, habiendo transcurrido tiempo más que suficiente para que desaparecieran los efectos del alcohol y las drogas”.
La sentencia hoy dada a conocer puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.