La Sección Segunda de la Audiencia Provincia de Las Palmas ha condenado al exalcalde de Teror (Gran Canaria), Juan de Dios Ramos, por un delito contra la ordenación del territorio a una multa de tres meses con una cuota diaria de 15 euros por la construcción de la vivienda de su hijo, condenado también a una multa por un delito continuado de falsedad y otro contra la ordenación del territorio.
La sentencia multa de igual modo al entonces arquitecto municipal por varios delitos contra la ordenación del territorio y otro delito continuado de falsedad.
Se trata de una vivienda construida entre los años 2003 y 2005 como un proyecto de rehabilitación de vivienda rural que hacía referencia a una casa de dos plantas teóricamente preexistente y que en realidad se encontraba a unos 200 metros de la que finalmente se construyó.