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Un ganadero, denunciado por el incendio que arrasó Covadonga en febrero de 2021

La Fiscalía considera que inició el fuego para eliminar material de las cuestas que son utilizadas como pasto para ganado. Las llamas afectaron a 117 hectáreas del monte Priena

INCENDIO COVADONGA

Incendio en el monte Priena, junto al Real Sitio de Covadonga.Xuan Cueto (Diario El Comercio)

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:08

La Fiscalía del Principado de Asturias ha presentado una denuncia contra un ganadero por el incendio declarado el 15 de febrero en Covadonga, al considerar que existen indicios suficientes como para trasladar la causa al Juzgado y que se inicie la correspondiente instrucción judicial sobre los hechos. La denuncia, consecuencia de las diligencias de investigación incoadas por la Fiscalía el pasado mes de marzo, fue presentada esta mañana en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cangas de Onís.

En su denuncia, el Ministerio Fiscal considera que existen indicios que apuntan a que el ganadero pudo ser el autor del incendio, originado con la probable finalidad de eliminar material de las cuestas que son utilizadas habitualmente como pasto para ganado. El fuego fue detectado sobre las 19:11 horas del día 15 de febrero de 2021 en el paraje de la Cruz de Priena, en la Montaña de Covadonga, concejo de Cangas de Onís, y extinguido a las 11:30 horas del día 16. Las llamas afectaron a terrenos de titularidad pública y privada, en una superficie aproximada de 116,7 hectáreas de matorral de tojo, brezo, arbolado autóctono y repoblación en terreno del Parque Nacional de Picos de Europa.

El Ministerio Fiscal sostiene su denuncia en la declaración prestada por un guarda rural del Parque Nacional de Picos de Europa, que observó cómo una persona, que iba con una linterna, encendía varios fuegos mientras salía del monte en dirección al Pico Campos. Varios indicios incluidos en las diligencias de investigación practicadas por la Fiscalía, a partir de las pesquisas de la Guardia Civil, apuntan a que esa persona podría ser el ganadero denunciado. La zona incendiada tiene la consideración de monte, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal, del Principado de Asturias, que en su artículo 5, señala que: “1. Se consideran montes: a) Todo terreno en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sea espontáneamente o procedan de siembra o plantación, que cumplan o puedan cumplir funciones ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas”.

En su denuncia, el Ministerio Fiscal solicita la incoación de diligencias previas por los hechos y, entre otras pruebas, que se reciba declaración, en calidad de investigado, al ganadero denunciado, ya que considera que, sin perjuicio de lo que resulte de la oportuna instrucción judicial, los hechos podrían ser constitutivos de delito de incendio forestal, previsto y penado en los artículos 352 y siguientes del Código Penal. Tras la instrucción de la causa en el Juzgado, el Fiscal, si considera que los indicios contra el ganadero denunciado son firmes, o hay nuevas pruebas que determinen su autoría, formulará el correspondiente escrito de acusación contra él. En caso contrario, podrá solicitar el sobreseimiento provisional de la causa.

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