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Los centros de ocio infantil y juvenil vuelven a abrir sus puertas

Se permiten las colonias urbanas y aquellas con pernocta en edificios fijos. Las acampadas y el uso de peñas sigue restringido

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Actividad de ocio infantil en una colonia urbana / EUROPA PRESS

EUROPA PRESS / A.ABADZARAGOZA

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:47

El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón rebaja las medidas de cierre que pesaban en la actualidad sobre los centros de ocio juvenil y ludotecas. "Igual que nos ha preocupado la situación de los mayores, lo hace la de nuestros jóvenes. En la esencia de su edad está reunirse, participar en actividades y disfrutar con amigos", afirma la consejera de Ciudadanía, María Victoria Broto.

CENTROS DE OCIO JUVENIL

En este sentido, se podrá proceder a la apertura de centros juveniles, espacios jóvenes y ludotecas, con el fin exclusivo de poder llevar a cabo actividades directamente relacionadas con el ocio educativo y el voluntariado juvenil. Se entenderán por ludotecas los centros donde se desarrollen, en todo caso, iniciativas socioeducativas, dirigidas al fomento del aprendizaje, el desarrollo cognitivo y psicosocial.

Asimismo, las actividades que se desarrollen en recintos al aire libre no podrá superar la asistencia de 15 personas más la persona responsable de la actividad, y el aforo máximo de las actividades que se desarrollen en el interior será del 30 por ciento, donde se organizarán actividades en grupos de hasta diez participantes, más los monitores correspondientes, que intentarán trabajar sin contacto con los demás grupos. Deberá asegurarse en todo momento que se cumplen y respetan las medidas de distancia social y número máximo de los subgrupos.

En estos recintos cerrados, no estará permitido el consumo de comida y bebida, salvo en aquellos establecimientos adecuados y habilitados para la manutención, cuando dicho servicio esté incluido en la actividad o programa que se vaya a desarrollar.

COLONIAS CON PERNOCTA

Se podrán desarrollar actividades de tiempo libre destinadas a la población juvenil como colonias urbanas, colonias con pernoctas en edificaciones en grupos de un máximo de 50 participantes; campos de voluntariado juvenil y actividades de aventura al aire libre. No está permitido organizar acampadas juveniles entendiendo como tal aquella actividad de alojamiento al aire libre, que se realiza en tiendas de campaña u otros medios móviles destinados a alojarse. Se elimina la limitación de edad para menores de 12 años que estuvo vigente el pasado verano para realizar este tipo de actividades.

Los programas deberán realizarse en grupos de hasta diez personas participantes, más los monitores correspondientes, que intentarán trabajar, en la medida de lo posible, sin contacto entre los demás grupos. En el caso de las colonias urbanas sin pernoctas para poder llevarse a cabo deberán cumplimentar la declaración responsable que estará disponible en la web del IAJ: 'www.aragon.es/iaj'.

ACTIVIDADES OCIO INFANTIL

En la orden se regulan también las actividades de ocio infantil y se indica que se permite la apertura de centros de tiempo libre, limitándose a aquellas de carácter socioeducativo que se realizan con niños, en grupos no superiores a diez participantes y supervisados por un monitor. El aforo total del centro no podrá superar el 30 por ciento del máximo permitido.

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