TRÁFICO

Multas DGT: Por qué ya no podrán sancionarte con el coche estacionado

Si te multan por este motivo y tu coche se encuentra estacionado puedes encontrar opciones para recurrir

Multas DGT: Por qué ya no podrán sancionarte con el coche estacionado

Redacción COPE Sevilla

Sevilla - Publicado el

3 min lectura

Conseguir esquivar una multa no es tarea fácil. La DGT tiene recursos para pillarnos al cometer una infracción, que van desde radares móviles o fijos hasta drones que captan imágenes y con los que la administración demuestra con pruebas que el incumplimiento de la norma se ha cometido.

Lo cierto es que hasta ahora la mayoría de los conductores prefería acatar y sobretodo abonar con pronto pago y por tanto con una importante rebaja, la multa correspondiente a nuestra infracción.

Pero hay quien prefiere defender su postura y demostrar que no siempre la DGT tiene razón. Para lograrlo hay que tener habilidades y leer e interpretar la letra pequeña de las normas. Es lo que ha ocurrido en el caso de una multa que nos puede llegar a cualquiera. La que nos sanciona por no tener pasada la ITV.

Pues bien, para aquellos que no hayan cumplido con este trámite por falta de tiempo, no encontrar cita o cualquier otro motivo, se abre una puerta a sortear sanciones.

Eso sí, sólo si se cumple el mismo requisito que el que ha permitido una sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 33 de Madrid.

En el fallo judicial se pone en entredicho las multas de 200 euros dirigidas a los coches que están estacionados con la ITV caducada. El motivo es un matiz que se ha convertido en clave para tumbar la sanción como es que el demandante argumentó que "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular” teniendo la ITV caducada y no “por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica”.

Y un añadido más. El magistrado responsable de la sanción señala en esa misma línea y aceptando la tesis del demandante que el artículo 10 del Reglamento General de Vehículos recoge que "únicamente los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica".

Ahora y a partir de este fallo judicial se abre un abanico de oportunidades para otras sanciones que pueden tumbarse con argumentos similares.

Otras multas a las que nos enfrentamos los conductores

Otras multas que llegan con la nueva reforma de Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial son por ejemplo la que te pueden poner si te encuentras en tu coche ya estacionado pero permaneces con el motor en marcha. Se considera una infracción leve pero te pueden sancionar con 100 euros

Y también destacan las de los llamados coches 'zombies'. Se trata de vehículos registrados en Tráfico, pero con largas bajas temporales, dando a entender que circulan sin permiso o están estacionados sin seguro obligatorio.

A las bajas temporales también se le suman las bajas de oficio de aquellos coches que en 10 años no hayan pasado la ITV ni tengan un seguro asociado.

Las multas a los coches 'zombies' pueden estar por encima de los 3.000 euros. A ello se añaden los 2.500 euros por circular sin seguro, 500 euros por hacerlo con el coche dado de baja y, en caso de estar circulando, 200 euros por no tener la ITV en orden.