Deporte | Pandemia

La Ministra de Sanidad anuncia que "vuelve la normalidad en cuanto a afluencia de público" en LaLiga y la ACB

Informa Juan Antonio Alcalá que la normativa de aforo queda en manos de las CCAA, y que la mascarilla seguirá siendo obligatoria.

Imagen de la grada del estadio La Cartuja, durante un partido de la Selección Española. EFE

Cope.es

Tiempo de lectura: 2' Actualizado 17:58

El público volverá con "normalidad" a los estadios de fútbol y los pabellones de baloncesto de cara al inicio de la próxima temporada.

La Ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha anunciado este jueves que se suprime el artículo 15.2 de la Ley de la 'Nueva Normalidad', el artículo que afectaba a la entrada de espectadores en los recintos deportivos.

"Suprimimos este artículo y volvemos a la normalidad en cuanto a la afluencia de público a los estadios de la Liga de Fútbol Profesional, para el comienzo de LaLiga y también de la ACB", ha anunciado la Ministra Darias.

"Estoy convencida de que es una noticia que va a ser muy bien aceptada para todo el deporte y para este país".


Una vuelta a la "normalidad' con matices

Según informó Juan Antonio Alcalá este jueves, la normativa tiene matices. El anuncio de la Ministra Darias no significa que todo vaya a ser exactamente igual a lo que existía antes de la pandemia.

Quien tiene que decidir qué público y en qué porcentaje puede entrar en los estadios de Primera y Segunda División y en la Liga Endesa de baloncesto, tienen que ser las Comunidades Autónomas. Así que puede ocurrir que, en la primera jornada de la temporada 2021-2022 el estadio de una Comunidad Autónoma con una buena situación epidemiológica permita el 100% de aforo, y el estadio de otra Comunidad Autónoma más afectada, aún ofrezca restricciones.

En baloncesto, al ser un recinto cerrado, las mascarillas seguirán siendo obligatorias. En los estadios es muy probable que también siga siendo obligatoria la mascarilla, dada la imposibilidad de mantener distancia de seguridad.

Lo que decía el artículo 15.2

"En el caso de la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto, la administración competente para la aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior será el Consejo Superior de Deportes, previa consulta al organizador de la competición, al Ministerio de Sanidad y a las Comunidades Autónomas. Las decisiones adoptadas por dicho órgano atenderán de manera prioritaria a las circunstancias sanitarias así como a la necesidad de proteger tanto a los deportistas como a los ciudadanos asistentes a las actividades y competiciones deportivas".

Dicho artículo se recogía en el Real Decreto-ley 21/2020 de medidas urgentes de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Hasta el momento, el número de espectadores ha sido limitado en los estadios, con una serie de normas estrictas sobre movilidad dentro de los mismos y con obligatoriedad tanto del uso de mascarillas como de la distancia de seguridad entre asistentes.