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El caso de Begoña Gómez

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Tiempo de lectura: 1'Actualizado 19:04

Durante las últimas horas asistimos al goteo de informaciones contrastadas que tienen como protagonista a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, que firmó una serie de avales para una unión temporal de empresas que participó en varios concursos públicos por los que recibió cuantiosos fondos. Uno de los accionistas de la UTE era Carlos Barrabés, que diseñó el Máster en Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid que dirige la mujer de Sánchez.

Nadie niega que la esposa del presidente del Gobierno pueda ejercer una actividad profesional privada, siempre y cuando este trabajo no tenga relación con actividades económicas o de influencia en instituciones que dependen de su marido. El hecho de que Begoña Gómez avale a una empresa que se presenta al concurso en un ministerio cuya titular depende de Pedro Sánchez genera una incompatibilidad que no puede ser obviada y que trasciende lo legal. Hay que enmarcar también este proceso en la responsabilidad ética en el ejercicio de la presidencia del Gobierno. Ante todo, lo más inmediato es que Moncloa explique con claridad todo lo referido al trámite y resolución de los expedientes avalados por Begoña Gómez para evitar cualquier atisbo de corrupción. El hecho de que las actividades de la esposa del presidente del Gobierno no estén reguladas por ley en España exige una mayor ejemplaridad en lo que hace quien vive en el centro del poder decisorio del destino del dinero público


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