Conoce los cambios que habrá en la reforma del alquiler al entrar en vigor el decreto

Los contratos que se firmen tomarán en consideración el incremento del IPC para fijar el aumento de la renta

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Susana Moneo

Publicado el - Actualizado

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Los decretos leyes para regular los alquileres y para equiparar los permisos de paternidad y maternidad tienen visos de ser convalidados por la Diputación Permanente del Congreso una vez que hoy ya se han disuelto las Cortes Generales.

El Gobierno ha buscado el consenso para poder aprobar por mayoría los tres reales decretos leyes del 1 de marzo, el de la vivienda, el de la igualdad laboral y el vinculado a las medidas para afrontar un eventual "brexit" sin acuerdo, y de momento hay datos para el optimismo.

A partir de hoy todos los contratos de alquiler que se firmen deberán ajustarse a la nueva Ley, que está ya en vigor aunque no está aprobada por el Congreso. Disueltas las Cortes es la Diputación Permanente la que dará el visto bueno. El Gobierno ya tiene garantizados los votos y la norma no tiene carácter retroactivo. Estos son los principales cambios:

1-Se acota la fianza. Será de un mes en metálico y se deja abierta la puerta a una garantía equivalente a dos mensualidades.

2-Se limita la subida del alquiler anual. No podrá sobrepasar el IPC.

2-Aumenta la duración de los contratos. La prórroga obligatoria será de 5 años en lugar de 3. Aumenta a 7 si el arrendador es persona jurídica.

3-No se limita el precio del alquiler pero en 8 meses se creará un índice de precios que servirá como seguimiento del mercado y referencia para posibles beneficios fiscales. De momento sólo se contempla el 95% del IBI para las viviendas sociales.

4-Se amplía el plazo para finalizar el contrato. El casero deberá avisar con 4 meses y el inquilino con 2 meses

5-Si el Propietario quiere recuperar la vivienda antes de finalizar el contrato debe figurar en el acuerdo.

6-Las comunidades de vecinos podrán prohibir los alquileres turísticos con el apoyo de 3/5 partes de los propietarios.