TRIBUNAL SUPREMO
El Supremo esperará para dar a conocer su fallo sobre tarjetas "revolving"
La sentencia de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) sobre los intereses de las tarjetas con pago aplazado o "revolving", que en algunos casos superan el 20 %, tardará aún en conocerse, según han informado fuentes jurídicas, que descartan que este miércoles vaya a difundirse el fallo de los magistrados.,No obstante, todavía no ha trascendido el día en el que el alto tribunal hará público su veredicto sobre el recurso de casación, presentado por Wizink, contra una
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La sentencia de la sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) sobre los intereses de las tarjetas con pago aplazado o "revolving", que en algunos casos superan el 20 %, tardará aún en conocerse, según han informado fuentes jurídicas, que descartan que este miércoles vaya a difundirse el fallo de los magistrados.
No obstante, todavía no ha trascendido el día en el que el alto tribunal hará público su veredicto sobre el recurso de casación, presentado por Wizink, contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria.
En el procedimiento que analiza desde esta mañana el Supremo, la entidad aplicó un interés del 27 % aunque, según los datos recogidos en diciembre por la asociación de consumidores Asufin, el tipo medio de interés de estas tarjetas es del 25,20 %.
Esto supone que financiar compras por valor de 1.000 euros en 24 meses implica pagar en intereses y comisiones una media de 262,47 euros.
Una mayoría de las sentencias emanadas de juzgados y Audiencias Provinciales han fallado a favor de los clientes, considerando "usurarios" los intereses aplicados por las entidades financieras.
Además de Wizink, otras entidades que ofrecen a sus clientes este tipo de tarjetas son Cofidis, Santander Consumer, Carrefour, Cetelem, BBVA, Bankinter y Caixabank, todas ellas afectadas por la decisión del Supremo, que en su futura sentencia tendrá que decidir si estos intereses son o no son usurarios.
Desde la plataforma de abogados Reclama Por Mí destacan dos posibles respuestas del alto tribunal.
El Supremo puede mantener el criterio establecido en una sentencia de 2015 y condenar a la entidad financiera a eliminar todas las cantidades gravadas en conceptos de intereses a la línea de crédito a la cliente, declarando nulo el contrato por usura.
Pero también cabe que rechace que el interés pactado sea abusivo y que entienda que no se cumplen los requisitos para considerar que un tipo de interés como el asociado a este tipo de financiación infringe la Ley de Represión de la Usura.
Por su parte, Asufin pone el foco en la transparencia antes de que ver si se trata de intereses usurarios o no, aunque el 90 % de las sentencias emitidas hasta ahora por los juzgados españoles han considerado que sí hay usura.
El Ejecutivo anunció una orden ministerial que recogerá nuevas obligaciones de transparencia que incluyen una información más detallada, y que permitirán al consumidor tener un conocimiento específico y claro de los servicios que va a contratar y la deuda que mantiene periódicamente con el banco.