Los casos en que las aerolíneas no tienen que compensarte por la cancelación de vuelos

A causa de la huelga de Ryanair, en caso de que nuestro vuelo se cancele, la compañía aérea está obligada a darle a los viajeros una compensación económica

Madrid

Tiempo de lectura: 2' Actualizado 18:36

La huelga de Ryanair continuará a lo largo de los días 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27 y 28 de julio en los diez aeropuertos españoles en los que opera Ryanair -Madrid, Málaga, Sevilla, Alicante, Valencia, Barcelona, Girona, Santiago de Compostela, Ibiza y Palma de Mallorca. Y, con ello, los retrasos y cancelaciones de vuelos. Aun así, en caso de que nuestro vuelo se cancele, por lo general, la compañía aérea está obligada a darle a los viajeros una compensación económica, además de la devolución del dinero del billete. Pero esto solo se da bajo ciertas condiciones y circunstancias. Es por ello que la FACUA-Consumidores en Acción ha subido a su página web un artículo recordando a los viajeros en qué casos pueden recibir dicha compensación económica y de cuánto podría ser la cantidad. Pero también ha recordado en qué casos las compañías aéreas no deben compensar a los usuarios.

Cuando no deben reembolsar

Según al artículo 7 de la normativa del Reglamento Europeo 261/2004, las aerolíneas no deben compensar a los viajeros ante la cancelación de su vuelo si se ha informado sobre dicha cancelación con "dos semanas de antelación, como mínimo, con respecto a su hora de salida". Tampoco habrá compensación en caso de que se haya informado de la cancelación con una antelación de entre "dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida" y, además, se les haya ofrecido un transporte alternativo que permita a los usuarios salir con dos horas de antelación de la hora de salida de su vuelo inicial y llegar a su destino con menos de cuatro horas de retraso, tomando como referencia la hora de llegada prevista del vuelo inicial.


Por otro lado, no se contempla la compensación a los usuarios si se les avisó de la cancelación "con menos de siete días de antelación con respecto a la hora de salida y se les ofrezca tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación a la hora de salida del vuelo inicial y llegar a su destino final con menos de dos horas de de retraso con respecto a la hora de llegada prevista".

Y sí, a pesar de todo lo dicho anteriormente, la compañía tiene que compensar al viajero. Esta puede reducir la compensación hasta un 50% en el caso de haberle ofrecido un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial, siempre y cuando "que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos", "no sea superior a tres horas para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros" o "no sea superior a cuatro horas".


Cuando deben reembolsar

Ahora sí, ¿cuándo deben las compañías reembolsar a los viajeros?. Pues, la FACUA ha advertido que por la huelga de tripulantes de cabina de Ryanair la mayor parte de las personas afectadas tienen derecho a compensaciones y a la devolución del importe del billete y de los gastos que pudieran haber tenido que hacer frente a esta situación. Recordemos que según el artículo 7 de la normativa "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".