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Lo que tienes que saber de la Declaración 2016

A partir del próximo 5 de abril dará comienzo la campaña para la declaración de la Renta de 2016. Aquí van las principales novedades de este año

Declaración de la renta. Archivo

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 18 abr 2017

Desaparece el programa PADRE y el borrador se generaliza

El programa PADRE desaparece totalmente en favor del el sistema telemático Renta Web, que ya pudieron usar algunos contribuyentes en anteriores declaraciones.

La aplicación permite hacer el borrador, corregirlo y presentarlo sin tener que descargar un programa, de manera online. De esta forma, se puede hacer el borrador desde móviles, y tabletas.

A no ser que el contribuyente prefiera presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria, si quieres hacer la propuesta de declaración de esta manera, tienes que acceder a la nueva aplicación desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Además es bastante más sencillo que el programa PADRE.

Otra novedad es que Hacienda generaliza este año el uso del borrador a todos los contribuyentes.


Posibilidad de rectificación

Esta novedad permite al contribuyente rectificar mediante la activación de la casilla 127 (rectificación de autoliquidación). Si por ejemplo, has cometido omisiones que determinen una mayor devolución a tu favor o al contrario un menor ingreso, puedes hacerlo directamente en el borrador e incluso adjuntar documentos que justifiquen el cambio.

Las cláusulas suelo

Si has sido indemnizado por las cláusulas suelo y ya te han devuelto el dinero cobrado demás, esa devolución no es un ingreso sujeto a gravamen y no tienes que integrarlo en la declaración. Pero, ojo, porque si en los años anteriores te dedujiste por compra de vivienda, a lo mejor te toca devolver parte de esa deducción a Hacienda. El motivo es que la base de su deducción fue mayor que lo que debería por el efecto de la cláusula suelo.

Novedades para las familias numerosas

Si tienes familia numerosa ya sabrás que puedes acceder a deducciones de 1.200 euros anuales (100 euros al mes), siempre que no la hayas recibido antes por anticipado. Es la misma cuantía que para las personas que tienen a su cargo ascendientes y/o descendientes con discapacidad. En el caso de familia numerosa especial ( 5 o más hijos) la deducción es de 2.400 euros.

Como novedad, este año se permitirá a un contribuyente ceder la deducción a otro de la misma unidad familiar, en el caso de que el primero no esté obligado a presentar el impuesto debido a que, por ejemplo, no llegue a la de renta mínima para presentarlo.

LAS FECHAS CLAVES

A partir del 5 de abril. Comienza la presentación telemática. ( Hasta el 30 de junio)

4 de mayo. Inicio de la petición de cita previa para la confección de declaraciones y modificación de borradores. Se puede solicitar por Internet hasta el 29 de junio.

11 de mayo. Comienza la presentación presencial. ( hasta el al 30 de junio)

30 de junio. Finaliza la campaña.

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