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De marzo a noviembre

Almassora presenta el calendario del contribuyente de 2016

El Ayuntamiento de Almassora ha presentado el calendario del contribuyente que establece las normas y periodos de recaudación de tributos y otras exacciones en el ejercicio 2016.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10 abr 2017

Las tasas de vados y basura iniciarán el calendario de pagos el 7 de marzo de 2016, mientras que el ciclo se cerrará el 21 de noviembre con el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Así, la tasa de vados y la tasa por la prestación del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos se cobrará del 7 de marzo al 20 de mayo de 2015. Los recibos domiciliados se cargarán previsiblemente el 8 de abril. El impuestos sobre vehículos de tracción mecánica tiene un plazo de pago que va del 4 de abril al 20 de junio. El 6 de mayo se cobrarán los recibos domiciliados.   Por otro lado, del 23 de mayo al 5 de agosto tendrá lugar la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tanto rústico como urbano. Para los recibos domiciliados, la fecha prevista es el 7 de julio. Por último, el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se pagará del 5 de septiembre al 21 de noviembre, el 7 de octubre en el caso de las domiciliaciones.   Los recibos se podrán hacer efectivos en cualquiera de las oficinas de las siguientes entidades financieras: CaixAlmassora, Caja Rural de Vila-real, BBVA, La Caixa, Nova Caixa Galicia, Cajamar, BMN, Banco Santander, Banco Sabadell y Bankia. El Ayuntamiento de Almassora recuerda que no existe obligación legal de enviar los recibos. Así, en caso de que por cualquier circunstancia los vecinos no dispongan de los documentos cobratorios en periodo voluntario, los podrán solicitar en las oficinas del SIAC.   El horario para solicitar la documentación entre el 1 de junio y el 30 de septiembre será de lunes a viernes de 8.00 a 14 horas. Entre el 1 de septiembre y el 31 de mayo al horario anterior se suman los jueves de 17.00 a 20.00 horas y los sábados de 9.00 a 13.00 horas. También es posible pedir la documentación a través de la carpeta ciudadana.   Para aquellos ciudadanos interesados en domiciliar los recibos, dicha domiciliación tendrá efecto siempre que se registre antes de tres meses del inicio del periodo de cobro voluntario. De no ser así, surtirá efectos a partir del siguiente ejercicio. Los contribuyentes que ya tengan domiciliados los pagos en entidades de depósito recibirán en sus casas el adeudo efectuado en su cuenta de dicha entidad dentro del plazo de periodo voluntario. Transcurridos los periodos de pago relacionados anteriormente, las deudas serán exigibles por el procedimiento de apremio y producirán el correspondiente recargo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

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