El TSJC desestima las medidas cautelares "urgentes" que Fecasarm pidió para el ocio nocturno

El tribunal ha dado a la Generalitat un plazo hasta las 12 horas delpróximo 14 de septiembre para presentar alegaciones

Redacción COPE Barcelona

Tiempo de lectura: 1' Actualizado 16:41

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado este miércoles las medidas cautelares "urgentes" que la patronal Fecasarm pidió respecto al ocio nocturno y la limitación horaria en la restauración, y ha abierto el trámite ordinario de cautelares. El tribunal ha dado a la Generalitat un plazo hasta las 12 horas del próximo 14 de septiembre para presentar alegaciones y ha asegurado que no existe "urgencia perentoria" para resolver sobre la medida cautelar de suspensión de las restricciones solicitada.

Este martes Fecasarm interpuso un nuevo recurso contencioso-administrativo contra la prórroga de las restricciones de horarios y el cierre de espacios interiores del ocio nocturno aprobada por la Generalitat el viernes de la semana pasada. Desde la patronal se reclamaron "medidas cautelares urgentísimas", apoyándose en la mejora de los datos epidemiológicos.

Sea como sea, la situación actual de la restauración es que puede abrir de 06.00 a 00.30 horas. Por otro lado, los clientes de las salas de baile, bares musicales, karaokes y discotecas no pueden utilizar los espacios interiores si no es "para acceder a terrazas, espacios al aire libre o la utilización de servicios higiénicos".