El TSJIB autoriza la prohibición de reuniones sociales en Baleares entre las 01.00 y las 06.00 horas

Ahora mismo, la prohibición estará vigente en Mallorca, Menorca e Ibiza, ya que Formentera presenta una incidencia acumulada a 14 días menor a 450 casos

Redacción

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha avanzado este jueves que autoriza las medidas sanitarias adoptadas por el Consell de Govern de este lunes como la prohibición de reuniones sociales entre las 01.00 y las 06.00 horas cuando la incidencia acumulada a 14 días supere los 450 casos por 100.000 habitantes. De este modo, la Sala establece que esta prohibición, tanto el ámbito privado como público, esté vigente durante un mes en Mallorca, Menorca e Ibiza.

Salud ha diagnosticado en las últimas 24 horas 882 casos, un nuevo récord diario de la pandemia, y ha comunicado 6 muertes de los últimos meses, hasta ahora no registradas, que elevan a 854 el número total de fallecidos con coronavirus. Para intentar reducir el incremento de contagios, hoy entran en vigor las restricciones que afectan a la restauración: se adelanta el cierre de los establecimientos a las 01.00 horas y se reduce el número de comensales por mesa.

Así, la Sala considera que la restricción de los derechos de reunión familiar y social en horario nocturno entre personas no convivientes resulta "una medida proporcionada" ante "la evidente y real situación de agravamiento de contagios".

En su auto, el TSJIB reconoce que a mayor número de infectados, mayor número de pacientes, algo que "debe tensar los servicios sanitarios". A pesar de reconocer que la vacunación está "yendo a buen ritmo y es palpable su positiva incidencia" en la protección de los ciudadanos frente a la COVID, la Sala concluye que hay un sector de la población, el más joven, cuya vacunación está "más retrasada" y donde se registra la incidencia de contagios "más elevada".

Por ello, justifica que la Administración quiera "limitar esos contactos" para así evitar el aumento de casos positivos de COVID-19 en la comunidad, "máxime cuando es palmario que la variante delta está presente" en las islas.

En definitiva, la Sala explica que con esta medida de limitar las reuniones sociales se evitan conductas "desordenadas que son frecuentes y producen grandes aglomeraciones nocturnas", que producen a su vez un "alto riesgo de contagios" entre los asistentes.

Tampoco se opone a la prórroga del control de entrada de viajeros procedentes de otras comunidades autónomas, así como de Ceuta y Melilla, hasta el 15 de septiembre.

Cabe recordar que esta decisión judicial admite recurso, pero no lo recibirá porque la Fiscalía había emitido ya un informe favorable para la aprobación de las medidas, que previsiblemente entrarán en vigor este sábado.