IMPUESTOS

¿Sabes qué va a pasar durante el estado de alarma con el pago de tus impuestos?

Estas son las medidas adoptadas por el OPAEF respecto a los plazos de ingreso e inicio del cobro en voluntaria de todas las figuras impositivas delegadas

Fernando J. Romero

Tiempo de lectura: 3' Actualizado 18:21

Sin duda alguna es una de las preguntas que más se hacen los sevillanos en estos días. Qué va a pasar con las obligaciones de pago que tenemos adquiridas, tanto de impuestos como de deudas, teniendo en cuenta el actual estado de alarma y el consiguiente confinamiento de la población en sus domicilios.

Y es que las dudas son más que razonables, puesto que esta sitación ha provocado, por un lado, el cierre de atención presentación al ciudadano en organismos oficiales y, por otro, la prohibición de salir a la calle si no es por un motivo debidamente justificado y recogido en alguno de los supuestos indicados en el decreto del estado de alarma.

En este sentido, el Organismo de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), dependiente de la Diputación Provincial de Sevilla, ha acordado una serie de medidas de naturaleza tributaria con objeto de minimizar el impacto que, en los ciudadanos y empresas, pudiese conllevar la atención a sus obligaciones tributarias, a tenor de la actual situación por la que atraviesa el conjunto del país, a consecuencia de la pandemia del coronavirus.  



Así, el presidente de la Diputación de Sevilla y del OPAEF, Fernando Rodríguez Villalobos, ha manifestado que “en estas circunstancias excepcionales vamos a adoptar medidas extraordinarias en el ámbito de aplicación de los tributos y otros ingresos, porque la prioridad principal pasa por minimizar el impacto fiscal, facilitando con ello que la normalidad se recupere tan pronto como la situación sanitaria mejore”.

Cuatro son las medas más relevantes. De un lado, se ha ampliado hasta el 30 de abril de 2020 los plazos de pago con vencimiento anterior a dicha fecha de deudas tributarias, sean de vencimiento periódico y notificación colectiva o liquidaciones, y el de las sanciones de tráfico que estuviesen en período voluntario de pago, así como los resultantes de acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento.

También hasta el 30 de abril de 2020 se han ampliado los plazos de pago del artículo 62.5 de deudas en período ejecutivo.

Igualmente se retrasa el inicio del período voluntario de cobranza de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del primer semestre de 2020 de todas las figuras impositivas delegadas en el OPAEF (IBI, IVTM, tasas y precios públicos), fijando como nuevo período general de cobro en voluntaria el comprendido entre los días 4 de mayo y 6 de julio de 2020, ambos inclusive. Este plazo puede ser nuevamente modificado en función de la evolución de las circunstancias.

Y por último, se ha autorizado la concesión del fraccionamiento, con dispensa de garantía y sin devengo de intereses, de deudas tributarias de vencimiento periódico y notificación colectiva cuyo importe no sea superior a 30.000 euros, siempre que el fraccionamiento se solicite dentro del período de ingreso en voluntaria y el pago total se produzca dentro de 2020.

Además de las citadas medidas, el Rodríguez Villalobos ha acordado que “desde la firma de la resolución y durante la vigencia del Estado de Alarma o, en su caso, de las prórrogas del mismo, queden paralizadas las actuaciones del procedimiento administrativo de apremio, inclusive las diligencias de embargo, fuesen éstas individuales, masivas o centralizadas, así como las que tengan repercusión directa con los responsables y sucesores tributarios”.

Desde este organismo provincial se ha indicado que los contribuyentes que así lo deseen podrán realizar el pago de sus obligaciones en cualquier momento dentro de los plazos ampliados. Igualmente ha recordado, en relación con los recibos correspondientes al primer semestre del ejercicio, que estos estarán disponibles para su pago desde el 1 de abril para aquellas personas que, por cualquier razón, lo necesiten. 

Debido al coronavirus, las oficinas de atención al contribuyente del OPAEF permanecerán cerradas al público para atención presencial, por lo que quienes pretendan realizar gestiones o dirigir escritos a este organismo deberán hacerlo por medios telefónicos o telemáticos.


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