CORONAVIRUS EDUCACIÓN

Cataluña garantiza asistencia clase alumno autorizado a no llevar mascarilla

El conseller de Educación, Josep González-Cambray, ha garantizado este viernes la asistencia a clase del alumno menor de edad a quien un juez ha autorizado a no llevar mascarilla en clase, porque el "derecho a la educación está por encima de todo".

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2' Actualizado 12:49

El conseller de Educación, Josep González-Cambray, ha garantizado este viernes la asistencia a clase del alumno menor de edad a quien un juez ha autorizado a no llevar mascarilla en clase, porque el "derecho a la educación está por encima de todo".

Un juez de Barcelona ha autorizado a un alumno menor de edad a no llevar mascarilla en clase porque su familia ha acreditado que el uso de esta protección contra el coronavirus le causa perjuicios como cefaleas intensas, vómitos y trastornos neurovegetativos.

Durante la presentación del curso educativo en la ciudad de Barcelona, el conseller, que también es presidente del Consorcio de Educación de Barcelona, ha recordado que el uso de mascarilla es una decisión "100 por 100 sanitaria" de carácter "individual, pero que afecta a la colectividad".

Por ello, el titular de Educación ha afirmado que "si no hay una indicación por motivos médicos, todo el mundo tiene que llevar mascarilla en clase".

Sin embargo, González Cambray ha puntualizado que "en los casos concretos donde haya esta indicación médica, lo que haremos ahora, conociendo la sentencia, es analizar el grupo de clase para garantizar que no haya transmisibilidad" del virus.

Asimismo, el conseller ha indicado que la situación "no es nueva" y ha aludido a que el curso pasado hubo alumnos con patologías que no llevaban mascarilla y se tomaron la medidas necesarias "para garantizar el derecho a la educación y a la salud".

El juez ha resaltado que los padres han acreditado que el uso de la mascarilla le puede generar a su hijo perjuicios desde el punto de vista médico, al "estar en juego su salud", ya que aportan certificados que confirman que, debido al uso de esta protección, el chico sufre cefaleas intensas, vómitos y trastornos neurovegetativos.

Ante esta situación, el juez concluye que, una vez se han acreditado estos perjuicios, el interés particular del menor debe prevalecer frente al interés general del resto de compañeros y del profesorado encargado de su educación, "los cuales, con el uso obligatorio de la mascarilla dentro del centro escolar, se encuentran protegidos al entrar en contacto con aquél".