JUSTICIA PROCÉS

Audiencia no descarta intencionalidad en el disparo que hirió a votante 1-O

La Audiencia de Barcelona no descarta intencionalidad en la actuación del escopetero de la Policía Nacional que disparó la pelota de goma que el 1-O hirió en el ojo a Roger Español, tras una intervención policial en el instituto Ramon Llull para llevarse las urnas del referéndum.,En un auto, la sección tercera de la Audiencia estima el recurso presentado por la acusación particular de Roger Español -quien a su vez está imputado por atentado a la autoridad por arrojar un

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2' Actualizado 14:25

La Audiencia de Barcelona no descarta intencionalidad en la actuación del escopetero de la Policía Nacional que disparó la pelota de goma que el 1-O hirió en el ojo a Roger Español, tras una intervención policial en el instituto Ramon Llull para llevarse las urnas del referéndum.

En un auto, la sección tercera de la Audiencia estima el recurso presentado por la acusación particular de Roger Español -quien a su vez está imputado por atentado a la autoridad por arrojar una valla a un grupo de policías nacionales en repliegue- y acuerda transformar la causa en procedimiento sumarial, lo que abre la puerta a eventuales condenas más elevadas.

El tribunal considera que, aunque la bala de goma fuera disparada contra el suelo y no contra la cabeza del votante, la actuación del agente tanto puede calificarse de dolosa o intencional como de imprudente, "sin que quepa descartar ninguna de tales opciones".

La sala se remite al precedente que la propia Audiencia fijó en el caso de Ester Quintana, la manifestante que perdió el ojo por el disparo de un proyectil de los Mossos en una huelga general de 2012, un caso que acabó en absolución pero permitió sentar en el banquillo a dos agentes por delitos de lesiones por dolo eventual.

A diferencia del directo, donde hay una intencionalidad lesiva clara, en el dolo eventual se considera que el encausado acepta los resultados que pueda provocar su conducta aunque no los persiga directamente.

En opinión del tribunal, "ni el contexto" en que ocurrieron los hechos ni la "eventual legitimidad del uso de la fuerza" por parte del escopetero pueden influir en la valoración del dolo o la imprudencia y tampoco la trayectoria de proyectil, que al parecer se apuntó contra el suelo y no directamente contra la cabeza, o el hecho de que no existieran disparos previos a Español.

"El hecho de que no se disparara a la altura de la cabeza no impide la previsión del resultado, pues sabido es que el proyectil que rebota contra el suelo, aun cuando puede perder velocidad y fuerza, atendida la escasa distancia del objetivo -14, 12 metros- mantiene suficiente energía como para provocar graves resultados en caso de impacto", añade el auto.

La sala da la razón a la acusación particular, a la que se adhirió también la popular ejercida por Òmnium Cultural, y concluye que "en el análisis de riesgos que entrañaba la acción cometida -el disparo de la bala de goma- no puede excluirse la previsión de ocasionar el grave resultado lesivo que aconteció".

El tribunal emplaza al juez instructor a pronunciarse sobre si debe juzgarse en la misma causa, o en procedimientos distintos, el delito de atentado a la autoridad que se atribuye a Español y las lesiones que se imputan a la policía.

En un comunicado, la entidad pro derechos humanos Iridia, acusación en el caso, ha celebrado la decisión de la Audiencia de Barcelona porque contribuye a "acabar con la impunidad ante los casos de mutilación ocular por impacto de balas de goma".

Desde que resultó herido en las cargas del 1-O, Roger Español ha participado en varias candidaturas electorales: el 14F impulsó la lista Coalició de Represaliades, en las generales de abril de 2019 concurrió con el Front Republicà y en la repetición electoral de noviembre de ese mismo año encabezó la lista de JxCat al Senado por Barcelona. EFEf