La guía para declarar el rechazo a la práctica de la eutanasia en tu testamento vital: descubre cómo hacerlo

La CEE anima a los fieles a hacer el testamento vital para "evitar el atropello a la dignidad y a la libertad de la persona incapacitada que trae consigo la ley de eutanasia"

Tiempo de lectura: 2’

Este viernes, España se convertirá en el quinto país del mundo en el que la eutanasia ya será legal. Un paso que ha dado el Gobierno sin consenso con la opinión, en contra de la Organización Médica Colegial, el Comité Español de Bioética e incluso con el rechazo del Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.

La Conferencia Episcopal Española se ha mostrado en contra de la regularización de la eutanasia, ya que a su juicio atenta contra la dignidad humana, y reclama como alternativa desarrollar los cuidados paliativos para ofrecer un acompañamiento integral al enfermo.

Una de las iniciativas del episcopado ha sido animar a los fieles negarse a esta práctica en el testamento vital. De esta manera, los ciudadanos que así lo deseen pueden declarar explícitamente que rechazan la eutanasia en favor de otros tratamientos médicos, como los cuidados paliativos. Un documento que tiene que ser registrado en la comunidad autónoma pertinente para que tenga valor jurídico.



ctv-c6z-testamento

Guía práctica sobre el testamento vital

Ante el avance de la medicina se hizo necesario e imprescindible el Consentimiento Informado, que consiste en la participación de forma activa en la toma de decisiones junto al médico sobre el tratamiento a seguir.

Sin embargo, hay situaciones en las que el enfermo no puede decidir sobre su propia salud por incapacidad debido a la propia enfermedad, accidente o vejez. Cuando se presentan estas dificultades, uno de los caminos para ayudar al personal sanitario es la consideración de la voluntad del paciente manifestada previamente a la pérdida de la capacidad de razonar. Es a esta voluntad anticipada a lo que se llama popularmente testamento vital.

¿Cómo hacerlo?

La persona que firme esta declaración tiene que estar en plena posesión de las facultades mentales. La rúbrica se hace ante la presencia de tres testigos o bien bajo la eventual intervención de un notario.

ctv-izw-testamento-2

¿A quién hay que entregarlo y dónde se registra?

El testamento vital, reconocido legalmente en España a partir del año 2002 con la Ley de Autonomía del Paciente, una vez firmado se inscribe en un registro de voluntades vitales creado con este propósito en las distintas comunidades autónomas.

Es importante tener en cuenta que las diferentes comunidades han regulado este documento con distintas denominaciones: testamento vital, voluntades anticipadas, instrucciones previas o manifestaciones anticipadas de voluntad. Por eso es conveniente que se consulte la regulación de la comunidad de residencia para asegurar que se cumplen todos los requisitos legalmente exigidos para inscribirse y asegurar su eficacia futura. En cualquier caso, el testamento vital se puede modificar o revocar en cualquier momento.

¿Es válido ante la eutanasia?

El testamento vital especifica que se administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos, pero que no se aplique la eutanasia. La proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia recoge que no podrá aplicarse la eutanasia en caso de que la persona haya suscrito con anterioridad un documento con instrucciones, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes reconocidos legalmente.

¿Por qué anima la Conferencia Episcopal a que los fieles lo hagan?

1) Para evitar el atropello a la dignidad y a la libertad de la persona incapacitada que trae consigo la ley de la eutanasia.

2) Para ayudar a humanizar el proceso de muerte con una asistencia humana material y espiritual, estableciendo una línea que dé espacio a una verdadera alianza terapéutica entre el médico competente, los familiares y/o los eventuales representantes que no deberá ser trasgredida.

Religión