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Carlos Lesmes en 'Herrera en COPE'

"Enaltecer el terrorismo es legitimarlo y por tanto merece reproche penal”

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13 jul 2018

Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, se ha mostrado partidario en 'Herrera en COPE' de la existencia del delito de enaltecimiento del terrorismo. “Enaltecerlo es fomentarlo y legitimarlo y por tanto merece reproche penal”, ha señalado. “Recientemente se ha dictado una directiva europea sobre terrorismo que considera que debe considerarse como delito. Lo que ocurre es que como en todo delito, hay que aplicarlo a caso concreto y teniendo en cuenta sus circunstancias y ahí es donde entra la valoración del juez”.


El presidente del Tribunal Supremo no ha valorado la actuación del juez de la Púnica, Eloy Velasco, que este lunes pedía al Tribunal Superior de Justicia de Murcia imputar al presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez por fraude, cohecho y delito de revelación de información. “Respeto la actuación del juez Velasco. No la conozco en sus detalles, sería poco prudente”.
 

"Los jueces no pueden recibir indicaciones de nadie, ni siquiera del CGPJ”


Velasco consideraba suficiente el acuerdo entre Pedro Antonio Sánchez y un empresario de la Púnica, aunque no se ejecutaran los trabajos ni se firmara un contrato. “Hay actos preparatorios de delito que pueden ser constitutivos del delito, porque la tentativa existe. En otros casos no”, ha explicado.

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Carlos Lesmes ha defendido el principio de independencia de los jueces “No pueden recibir directrices de nadie ni siquiera del CGPJ.  El único criterio rector para ellos debe de ser la ley", ha señalado.


Ha defendido la necesidad de un debate sobre la participación de los jueces en la vida política respetando su mandato de neutralidad. "Los jueces son ciudadanos como los demás y les corresponde el derecho de participación política. Porotra parte, a diferencia del resto de ciudadanos, tienen un mandato de neutralidad política que está en la Constitución. Entre estos dos extremos hay que encontrar un punto medio razonable".


Respecto a la sentencia del 9-N, en la que se ha impuesto a Mas la pena de dos años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por desobediencia, Lesmes indica que el Tribunal de Cataluña “impuso la máxima pena de la parte acusatoria”. Recuerda que “no fue acusado por malversación, por lo que los tribunales no pueden poner penas mayores a las que solicitan las partes”.

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Pilar García Muñiz

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