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El Gobierno aumenta la protección de los ciudadanos en contratación de viajes

Madrid, 23 mar (EFE).- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un proyecto de ley que incrementa la protección de los ciudadanos que contraten viajes combinados (paquetes turísticos) y se extiende a los servicios de viajes vinculados (aquellos que se contratan a través de internet con diferentes empresas).,El proyecto de ley modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la norma básica de protección al consumidor, con objeto de transponer una direc

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 09 abr 2018

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un proyecto de ley que incrementa la protección de los ciudadanos que contraten viajes combinados (paquetes turísticos) y se extiende a los servicios de viajes vinculados (aquellos que se contratan a través de internet con diferentes empresas).

El proyecto de ley modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la norma básica de protección al consumidor, con objeto de transponer una directiva europea.

"Antes se protegían los viajes combinados y, ahora, como novedad, se extiende a los viajes vinculados, que han aparecido en el mercado y no estaban tan regulados ni protegidos", ha señalado a Efe la subdirectora general de arbitraje y derechos del Consumidor del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Milagros Yagüe.

Un ejemplo de este último modelo sería el que con motivo de una compra de un billete de avión a través de internet, envían al correo electrónico facilitado un enlace con una oferta de hotel, a través del cual se contrata una estancia en el mismo.

La diferencia es que mientras en los viajes combinados se contrata habitualmente con la misma compañía, los servicios de viaje vinculados siempre es con diferentes empresarios, ha explicado Yagüe.

El proyecto de ley obliga al primer empresario con el que se contrata, que actúa como facilitador de la segunda contratación, a constituir una garantía para responder en el caso de insolvencia de ambos servicios.

La norma plantea que el precio del viaje combinado solo se podrá aumentar si se producen gastos específicos (por ejemplo, en los precios de combustible) y está expresamente estipulado en el contrato, y, en ningún caso, en los últimos 20 días anteriores al inicio.

Además, si el aumento de precio excede del 8 % de lo pactado por esos gastos específicos, el viajero podrá poner fin al contrato y tendrá derecho al reembolso del dinero en 14 días.

El caso más habitual es el de las compañías aéreas que suben el precio de los billetes cuando se producen incrementos en el precio del combustible, ha precisado la responsable de consumo.

Si la empresa se reserva el derecho de aumentar el precio, el viajero también tendrá derecho a una reducción si disminuyen esos gastos (por ejemplo, si baja la gasolina).

Asimismo, los usuarios contarán con un periodo de desistimiento de 14 días si han comprado el viaje combinado fuera del establecimiento mercantil (te lo ofrecen en una feria, en el hotel donde estás de vacaciones o durante un crucero, etc).

El nuevo marco legal contempla también un aumento de la información contractual, a través de unos formularios normalizados para el sector en toda Europa, de tal forma que "me permite comparar antes de decidir dónde compro".

Se proporcionará a los viajeros un número de teléfono de emergencia o los datos de un punto de contacto donde puedan contactar con el organizador o, en su caso, con el minorista.

Los viajeros podrán ceder el viaje combinado a otra persona hasta siete días antes del inicio, aunque habrá que pagar los costes adicionales derivados, por ejemplo, del cambio de nombre del billete de avión.

Se podrá poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización en caso de no ejecución de los servicios cuando ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado y el organizador o, en su caso, el minorista, no consiga solucionar el problema.

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