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Indefinida tras encadenar 268 contratos temporales

El hospital Clínic de Barcelona tiene que hacer contrato indefinido, que no fijo, a una enfermera que ha encadenado, ojo, ¡268 contratos! entre 2011 y 2014.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:18

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña alega que ha habido un “abuso de derecho” por parte del hospital al emplear “contratos de interinos o eventuales para cubrir necesidades permanentes de mano de obra”.

El caso es que esta enfermera empezó a firmar contratos de interinidad, o sea, de una duración determinada y para sustituir a un trabajador fijo con plaza reservada. Este tipo de contratos se prevén para necesidades eventuales o sustituciones de difícil previsión (una baja de duración indeterminada por enfermedad, por ejemplo).

En este asunto, la enfermera fue encadenando una interinidad detrás de otra, así que en 2014 denunció y el TSJC le ha dado la razón, aunque aún cabe recurso del hospital. Según la sentencia: es evidente que la enfermera cubre una necesidad permanente y estable del hospital. Aún es más, el juez sostiene que el Clínic hace habitualmente esto, “manteniendo un cuerpo de trabajadores temporales y precarios paralelo a los empleados fijos”.

Rubén Navarro, especialista en Derecho Laboral aclara que "la ley es muy clara en cuanto a contratación, otra cosa es que luego los empresarios lo hagan bien. La ley dice que cualquier contrato destinado a cubrir necesidades permanentes de mano de obra de la empresa debe ser un contrato indefinido, no cabe ninguna excepción, no cabe ningún otro tipo de contrato extraordinario debe ser el indefinido. Luego hay otra serie de contratos que valen para otras cosas, como este de interinidad pues sirve para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo como si hay una baja maternal, para eso está el contrato de interinidad, no para otra cosa".

En este caso concreto parecería que la empresa, el hospital, ha sustituido un puesto indefinido a base de contratitos, "a priori puede parecer que lo hacían bien, lo que pasa es que el juzgado en su día dijo, usted le ha hecho 268 contratos y no solo cubre bajas sino también cubre permisos y vacaciones, hay una necesidad permanente de contratar a esta trabajadora y si hay una necesidad permanente el contrato debe ser indefinido, no hay otra".

Como es un hospital público, el contrato que ha conseguido esta enfermera no es un contrato fijo, explica Rubén Navarro, "en este caso es contrato indefinido no fijo, porque no ha pasado unas oposiciones al ser administración pública, es indefinido con todo lo que conlleva, pero está sujeto a que esa vacante se cubra en algún momento con una oposición". 

Pero este caso no es único, "el 90% de los contratos temporales que me vienen al despacho son fraudulentos" denuncia el abogado experto en Derecho Laboral.

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