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CRISIS CATALUÑA (Ampliación)

Juez anula adhesión de Terrassa a AMI porque lleva a incumplir Constitución

Un juez ha anulado la incorporación de Terrassa (Barcelona) a la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) al considerar "ilegal" la adhesión de un ente local a una entidad que tenga como finalidad la independencia, ya que le colocaría en el "imposible lugar" de incumplir la Constitución.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 09 abr 2018

Un juez ha anulado la incorporación de Terrassa (Barcelona) a la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI) al considerar "ilegal" la adhesión de un ente local a una entidad que tenga como finalidad la independencia, ya que le colocaría en el "imposible lugar" de incumplir la Constitución.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el titular del juzgado de lo contencioso-administrativo número 9 de Barcelona da la razón a Sociedad Civil Catalana (SCC) y anula la resolución aprobada en julio de 2015 por el Ayuntamiento de Terrassa para adherirse a la AMI, una entidad soberanista que agrupa a más de 800 municipios e instituciones locales.

El juez concluye que es "ilegal" la adhesión por parte de una entidad local "a una asociación cuya finalidad sea la independencia de Cataluña", como es el caso de la AMI, ya que "no es posible que un ayuntamiento o entidad local, como tal y con plena vulneración de la Constitución, participen del ejercicio de esta finalidad".

"Es indudable el derecho de los políticos que forman las instituciones locales de sostener la conveniencia, e incluso la necesidad, de la independencia de Cataluña, pero no pueden instrumentalizar las instituciones que dirigen para lograr esta finalidad, porque ello las colocaría en el imposible lugar legal de incumplir la Constitución bajo el pretexto de una supuesta voluntad popular", razona la sentencia, que se puede recurrir.

Según la resolución judicial, considerar la independencia de Cataluña como una finalidad de "interés común" supone "ignorar que se trata de un tema notoriamente polémico y sobre el que no existe, en absoluto, un consenso".

"Se trataría, en todo caso, de una finalidad de interés común de los representantes políticos que deciden la adhesión a la asociación, pero en modo alguno es una finalidad de interés común de los vecinos del ente que se asocia, al tomar claramente partido por una opción política en detrimento de la otra opción, en una materia que no pertenece al ámbito de la competencia local", sostiene.

Sociedad Civil Catalana recurrió a la justicia para que se anulara la adhesión de Terrassa a la AMI al considerar que el consistorio no tenía competencia para sumarse a una asociación cuyo fin básico no tiene conexión con las competencias de los entes locales, y por vulneración de los principios constitucionales.

El juzgado le ha dado la razón al sostener que, con la adhesión a la AMI, el consistorio ha "instrumentalizado" el ente local al tomar una decisión que "excede y desborda claramente" el derecho a la libertad de expresión y de acción política, "al disponer recursos públicos para llevar a cabo finalidades contrarias al ordenamiento jurídico".

"Las instituciones, como tales, han de cumplir en todo momento con las leyes, la primera de ellas la Constitución, y no pueden realizar acto alguno que las contravenga o conculque, sin perjuicio de que los cargos que las formen, en el ejercicio de su representación política, realicen las actuaciones o declaraciones que consideren más conducentes a las finalidades legítimas que persigan", remarca el juez.

Según la sentencia, "no es legalmente posible que una institución pública adopte decisiones de puro posicionamiento político ajeno a sus propias competencias decisorias, en general, pues ello sería tanto como imponer dicho posicionamiento a todos los que están sometidos a su autoridad, pero menos aún es posible este posicionamiento si el mismo contraviene el tenor literal de la Constitución".

En un comunicado, Sociedad Civil Catalana ha valorado de forma positiva esta resolución y ha asegurado que la incorporación de municipios a la AMI "no contribuye en absoluto a la creación de marcos de convivencia, concordia y 'seny' (sentido común)" que impulsa la entidad para intentar solucionar el "conflicto político y social" en Cataluña.

Para esta entidad, la adhesión a la AMI "sólo comporta la generación de más odio y división" entre los catalanes. EFE.

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