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Voto telemático o delegado, ¿cómo funciona en el Congreso y en las cámaras autonómicas?

La posición de la Fiscalía se une así a la del Gobierno, cuyos servicios jurídicos están también estudiando las responsabilidades

La posición de la Fiscalía se une así a la del Gobierno, cuyos servicios jurídicos están también estudiando las responsabilidadesEFE

Álvaro Rubio Martín
@AlvaroRubio8Coordinador Digital de Emisoras

Redacción COPE | Agencias

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10 ene 2018

El ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont quiere que se fuerce el reglamento para ser investido por voto telemático. El pasado 28 de diciembre conocimos la noticia de que el Parlamento catalán podría habilitar el voto telemático con la reforma exprés avalada por el Tribunal Constitucional. Puigdemont se plantea regresar a Cataluña después de una investidura telemática sin moverse de Bélgica, una opción que ha vetado la oposición, entre ellos Miquel Iceta, que ha reclamado que el próximo presidente de la Generalitat debe estar en Cataluña, por lo que "convendría no elegir a personas que no puedan ejercer con plenitud su responsabilidad".

El reglamento del Parlament, no permite el voto telemático como sí ocurre en otros parlamentos, incluido el Congreso de los Diputados, y especifica que el candidato que quiera ser investido debe presentar "ante el pleno" su propuesta, descartando así que pueda hacerlo telemáticamente.

Tampoco está permitido el voto telemático y, por lo tanto, ni Puigdemont ni los diputados electos presos o en Bélgica podrían votar en una investidura, poniendo en riesgo así la mayoría independentista.

Para reformar el corpus jurídico de la Cámara, el reglamento fija que debe crearse una ponencia redactora para que elabore en un plazo de tres meses una proposición de ley que debe ser posteriormente aprobada por el pleno por mayoría absoluta, que los independentistas han reeditado tras el 21-D.

¿En qué consiste el voto telemático?

El voto telemático permite la votación no presencial de los diputados, en sesión plenaria, en los siguientes supuestos:

-Embarazo

-Maternidad

-Paternidad

-Enfermedad grave

Este voto exige la debida autorización de la Mesa de la Cámara, y es aplicable a votaciones no susceptibles de fragmentación o modificación.

¿Qué es el voto delegado?

Otra opción para poder investir a Puigdemont es el voto delegado, que también requeriría una reforma del reglamento del Parlament para poder generalizarlo ya que ahora está limitado a casos de maternidad, paternidad y enfermedad.

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De hecho, en la polémica reforma del reglamento del Parlament que impulsaron los grupos independentistas, se modificó el voto delegado para incluir los casos de paternidad y enfermedad, ya que hasta entonces estaba limitado a casos de maternidad.

Ahora debería volverse a modificar para incluir otros preceptos que permitan el voto delegado a los que pudieran acogerse los diputados electos presos o en Bélgica.

Voto telemático en el Congreso

El Reglamento del Congreso de los Diputados sí contempla el voto telemático desde 2012. Así lo resume en su artículo 82“En los casos de embarazo, maternidad, paternidad o enfermedad grave en que, por impedir el desempeño de la función parlamentaria, y atendidas las especiales circunstancias se considere suficientemente justificado, la Mesa de la Cámara podrá autorizar en escrito motivado que los diputados emitan su voto por procedimiento telemático con comprobación personal, en las sesiones plenarias en aquellas votaciones que, por no ser susceptibles de fragmentación o modificación, sea previsible el modo y el momento en que se llevarán a cabo”.

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Voto telemático en las Comunidades Autónomas

Madrid

A finales de 2016, la Comunidad de Madrid, con Cristina Cifuentes al frente, volvió a abrir el debate sobre el voto telemático. La presidenta quería que la Asamblea aprobase el voto telemático para suplir una baja que la dejaba sin mayoría. A día de hoy, Madrid no contempla el voto telemático porque la Asamblea no lo recoge en su reglamento.

Cataluña
No está vigente.

Andalucía
Andalucía es una de las comunidades que tiene vigente el voto telemático desde el año 2009, para casos de enfermedad grave, maternidad o paternidad.

Galicia
Solo para casos de maternidad y paternidad.

País Vasco
No está vigente.

Castilla y León
Solo para casos de maternidad y paternidad.

Cantabria
Vigente para casos de maternidad y paternidad.

Baleares
Vigente para casos de maternidad y paternidad.

Extremadura
Vigente para casos de maternidad y paternidad.

La Rioja
Vigente para casos de maternidad y paternidad.

Comunidad Valenciana
Vigente para casos de maternidad y paternidad.

Asturias
No está vigente.

Canarias
No está vigente.

Aragón
No está vigente.

Murcia
Se intentó negociar pero no está vigente.

Castilla-La Mancha
Se intentó negociar pero no está vigente.

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