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El Supremo absuelve a 2 exdirectivos de CAI de delito de apropiación indebida

Zaragoza, 17 jul (EFE).- El Tribunal Supremo ha absuelto al exdirector general de Caja Inmaculada (CAI) Tomás García Montes y al exdirectivo Javier Alfaro, así como al socio de ambos, Ramón Marrero, de la condena que por apropiación indebida les impuso la Audiencia de Zaragoza.,Así consta en el fallo del Tribunal Supremo, al que ha accedido hoy Efe, tras la estimación de los recursos que presentaron los condenados una vez dictada sentencia por la Audiencia de Zaragoza, en marzo del año pasado.,E

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 21:59

El Tribunal Supremo ha absuelto al exdirector general de Caja Inmaculada (CAI) Tomás García Montes y al exdirectivo Javier Alfaro, así como al socio de ambos, Ramón Marrero, de la condena que por apropiación indebida les impuso la Audiencia de Zaragoza.

Así consta en el fallo del Tribunal Supremo, al que ha accedido hoy Efe, tras la estimación de los recursos que presentaron los condenados una vez dictada sentencia por la Audiencia de Zaragoza, en marzo del año pasado.

Entonces a estas tres personas se les impuso una pena de cuatro años de cárcel y el pago de multas de 3.600 euros, al igual que a abonar un total en indemnizaciones cercano a los 7 millones de euros.

El procedimiento se inició en 2012 a raíz de la causa contra García Montes, Alfaro y Marrero, así como contra María Ángeles Álvarez, mujer de Alfaro, por delitos de administración desleal, apropiación indebida y estafa. La Audiencia de Zaragoza dictó sentencia cinco años más tarde.

La propia Caja Inmaculada, ya desaparecida, denunció los hechos al detectar una serie de irregularidades con las que, presuntamente, las personas juzgadas obtuvieron ventajas a su favor, como un viaje a Egipto con las respectivas familias o la compra de inmuebles y plazas de garaje.

Para ello supuestamente usaron una serie de sociedades mercantiles participadas por la CAI.

Las irregularidades salieron a la luz una vez fueron destituidos García Montes, director general desde 2005 a 2009, y Alfaro, mano derecha del anterior al frente de la entidad.

Se instruyo la causa, los acusados fueron juzgados y la Audiencia de Zaragoza emitió el siguiente fallo: por un lado, absolvió a García Montes, a Alfaro y a Marrero de los delitos de administración desleal y de estafa agravada continuada; sin embargo, por otro lado, les condenó por apropiación indebida agravada a cuatro años de cárcel y a pagar multas e indemnizaciones.

Los abogados de los acusados presentaron recursos de casación y se remitieron a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. En su fallo conocido hoy, dicha sala estima tales recursos.

Y establece que, si bien está acreditada la realidad de las ventas inmobiliarias, supuestamente a precios inferiores a los del mercado, la "entidad dueña", es decir CAI, no hace constar "voluntad contraria" a su ejecución.

Añade el alto tribunal que "no consta que las sociedades que soportaron el gasto de los viajes" referidos en la causa, el de Egipto (realizado en 2007), no lo autorizaran.

También señala que las adquisiciones de participaciones sociales y créditos y activos inmobiliarios por las sociedades de CAI no estuvieron motivadas por "engaño" de Alfaro a los integrantes del consejo de administración de la Caja, ni respondieron a un "pacto" de éste con los demás acusados para "beneficiar ilícitamente" a García Montes.

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Todo ello conduce al Supremo a declarar la absolución de la pena por apropiación indebida y del pago de las indemnizaciones al ex director general, a su mano derecha entonces, Javier Alfaro; al socio de ambos, Marrero, y a María Ángeles Álvarez.

Gonzalo Postigo, presidente del sindicato CIC, que recurrió la decisión de la Audiencia ante el Supremo, ha indicado a Efe que acata la sentencia, pero no la comparte y ha mostrado su indignación ante un fallo que en su opinión da "un giro de 180 grados" y sienta un mal precedente en los procesos de reestructuración de deudas de los bancos.

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