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Prisión para el procesado que no acudió a la vista oral del juicio Hidalgo

Málaga, 5 may (EFE).- El tribunal que enjuicia el denominado caso Hidalgo sobre blanqueo de capitales ha ordenado el ingreso en prisión para un procesado, un ciudadano pakistaní con carta de identidad belga, que el pasado 17 de abril no compareció a la vista oral pese a estar citado.,Su letrado presentó al tribunal una fotocopia de un escrito en holandés donde alegaba estar enfermo, pero la Sala no lo admitió al no ser un certificado médico y se le advirtió de que si en diez días se desconocía s

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:42

El tribunal que enjuicia el denominado caso Hidalgo sobre blanqueo de capitales ha ordenado el ingreso en prisión para un procesado, un ciudadano pakistaní con carta de identidad belga, que el pasado 17 de abril no compareció a la vista oral pese a estar citado.

Su letrado presentó al tribunal una fotocopia de un escrito en holandés donde alegaba estar enfermo, pero la Sala no lo admitió al no ser un certificado médico y se le advirtió de que si en diez días se desconocía su paradero se decretaría su rebeldía.

El procesado se ha presentado ante la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga para hacer una comparecencia pero los magistrados han dictaminado prisión eludible bajo fianza de cien mil euros, pero al no poder hacer frente a dicha cantidad ha ingresado en la cárcel, según han confirmado a Efe fuentes judiciales.

Debido a ello, el próximo 16 de mayo, cuando se reanude el juicio, el encausado tendrá que ser conducido por las Fuerzas de Seguridad del Estado desde la prisión a la Ciudad de la Justicia para seguir con las cuestiones previas.

En dicho procedimiento los encausados están procesados por blanqueo de capitales y defraudación a la Hacienda Pública en torno a un despacho de abogados ubicado en la localidad malagueña de Marbella.

El fiscal mantiene en su escrito que desde dicho despacho de abogados se proporcionaba al cliente que lo demandara "las estructuras societarias precisas para ocultar tanto la titularidad de los bienes y fondos a invertir en España como el origen de los mismos".

Según Anticorrupción, la finalidad perseguida por los clientes era conocida por los miembros del despacho, lo cual no impidió que se prestaran a colaborar con ellos.

Entre las fórmulas usadas, se constituía una mercantil española, sociedad limitada, que aparecía participada por una entidad radicada en paraísos fiscales como Gibraltar, Panamá o Islas Vírgenes.

En otras ocasiones, siempre según la versión de la acusación pública, se creaba una sociedad de responsabilidad limitada unipersonal, cuya titular era otra entidad de un paraíso fiscal, Antillas Holandesas.

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Pilar García Muñiz

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