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Los inmigrantes tendrán derecho a Sanidad en las mismas condiciones que los españoles

La norma excluye la obligatoriedad de acreditar el periodo mínimo de empadronamiento de 90 días

Los inmigrantes tendrán derecho a Sanidad en las mismas condiciones que los españoles

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:55

Los inmigrantes en situación irregular tendrán derecho a recibir asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los españoles sin necesidad de justificar su residencia en España, si los servicios sociales constatan que su país no puede abonar esta cobertura. Así lo establece el borrador de decreto ley, avanzado por El País y al que ha tenido acceso Efe, que establece la cobertura sanitaria para todas las personas, tanto para las que se encuentran en situación regular, que son la mayoría, como las procedentes de países que no puedan sufragar esta asistencia o las que no cuenten con un tercero, por ejemplo un seguro médico o convenio.

Con esta normativa, se recupera formalmente la sanidad universal, sin la necesidad de ser titular de la tarjeta de la Seguridad Social -algo que en España sólo se podía conseguir con un contrato de trabajo-, ni de estar empadronado. Es decir, también se benefician del nuevo decreto los españoles que nunca hayan cotizado a la Seguridad Social, puesto que se desvincula la situación laboral del derecho a la cobertura sanitaria.  "Tendrán la condición de asegurado aquellas personas que tengan nacionalidad española y residan en territorio español", señala la norma.

De esta forma, el Gobierno de Sánchez revierte la orden de 2012 del Ejecutivo de Mariano Rajoy que privó de asistencia médica gratuita a los extranjeros sin permiso de residencia. No obstante, pese a esta reforma que puso en marcha la ministra Ana Mato la mayoría de las comunidades articularon sus propios sistemas para atender a las personas en situación irregular, más allá de la obligatoriedad fijada, y que se mantiene en este borrador, de atender a menores, embarazadas y las urgencias.

Fuentes de Sanidad han subrayado a Efe que el decreto ley da cobertura a los colectivos más vulnerables y pone freno al turismo sanitario, ya que no tendrán derecho a beneficiarse de la sanidad española los extranjeros procedentes de países que sí pueden costear ese servicio. El decreto ley excluye la obligatoriedad de que los inmigrantes irregulares acrediten el periodo mínimo de empadronamiento de 90 días, que establece la Ley de Extranjería para obtener la residencia temporal. En este caso, los servicios sociales de las comunidades tendrán la potestad de acreditar y conceder el derecho a la asistencia sanitaria a los extranjeros que no hayan superado el periodo de estancia temporal de tres meses. Y lo harán a través de un informe previo que tendrá que ser favorable.

Las comunidades deberán comunicar al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social los documentos que certifiquen el derecho de estas personas a recibir asistencia.  Ese reconocimiento, no obstante, "no genera un derecho" a la cobertura fuera del territorio español.  Y cuando se reconozca ese derecho a "exportar" la asistencia sanitaria, "el mismo no podrá ser ejercido superado el período de noventa días naturales a lo largo de cada año". Para los inmigrantes que residen en España de manera regular, las autonomías serán las encargadas de fijar los requisitos y la documentación que deben aportar para obtener cobertura sanitaria. Mientras, para los españoles residentes en el exterior y que regresen a España temporalmente, así como para los familiares que los acompañen, se seguirá aplicando la normativa anterior, que les da derecho a la cobertura sanitaria.  Además el decreto modifica la reforma sanitaria de los populares de modo que ahora los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España abonarán sólo un 40 % del precio de los medicamentos prescritos. 

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